Ciudadanía americana: estas personas tienen ventaja para aplicar antes y no hace falta que esperen cinco años

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Las personas que buscan obtener la ciudadanía americana deben cumplir con diferentes requisitos, como por ejemplo haber tenido una tarjeta de residente permanente o green card durante cinco años. Sin embargo, esa obligación no afecta a todos: el personal de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos y los veteranos se encuentran exentos y pueden solicitar la naturalización antes de ese plazo.

Naturalización para personal militar: qué requisitos pueden cumplir

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) determina que aquellos que hayan cumplido al menos un año de servicio militar en EE.UU. o pertenezcan a las Fuerzas Armadas pueden obtener su ciudadanía sin la necesidad de haber vivido de manera legal con green card durante cinco años seguidos en el país norteamericano (tres para personas casadas con ciudadanos estadounidenses), uno de los requisitos obligatorios para los civiles.

Quienes hayan cumplido un año de servicio militar o pertenezcan a las Fuerzas Armadas pueden obtener la ciudadanía más rápido

Esta exención rige para el Ejército, la Marina, Cuerpo de Marines, la Fuerza Aérea, la Guardia Costera, Fuerza Espacial y la Guardia Nacional Aérea y Guardia Nacional del Ejército.

Sin embargo, para obtener su naturalización, el personal militar debe cumplir con los siguientes requisitos dispuestos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) para demostrar su elegibilidad:

  • Tener 18 años o más.
  • Haber servido en cualquier momento en las fuerzas armadas de los EE.UU. durante un período o períodos que totalicen al menos un año.
  • En caso de ya no servir a las fuerzas, demostrar que fue separado en condiciones honorables.
  • Ser residente permanente legal en el momento de su entrevista de naturalización.
  • Demostrar la capacidad de leer, escribir y hablar inglés, a menos que califique para una exención o excepción.
  • Demostrar conocimiento de la historia y el gobierno de los EE.UU. (educación cívica).
  • Tener un buen carácter moral durante al menos cinco años antes de presentar su formulario de naturalización.
  • Demostrar apego a los principios de la Constitución de los Estados Unidos
  • Estar dispuesto hacia el buen orden y la felicidad de los Estados Unidos durante todos los períodos relevantes.

Si bien quedan exentos de vivir 5 años continuos en EE.UU, para obtener la ciudadanía deben cumplir con varios requisitos

Qué documentos deben presentar el personal militar o los veteranos para obtener la ciudadanía americana

Los militares o veteranos deberán completar el formulario N-400, de Solicitud de Naturalización, y además presentar otra documentación de acuerdo a su situación particular.

Personas que aún se encuentren en servicio:

Si los solicitantes son elegibles y aún se encuentran en servicio, deberán presentar además del Formulario N-400, el N-426, Solicitud de Certificación de Servicio Militar o Naval. El Uscis aclara que los militares deben certificarlo antes de enviarlo.

Veteranos o personas separadas del servicio militar:

En este caso, además del Formulario N-400, las personas que ya no se encuentren en servicio deberán presentar:

  • Una fotocopia de su Formulario DD 214, es decir, del Certificado de liberación o baja del servicio activo
  • El Formulario NGB 22 de Informe de separación y registro de servicio de la Guardia Nacional u otro documento oficial de baja por todos los períodos de servicio.

Los militares o veteranos deben completar diferentes formularios de acuerdo a su situación

Además, el Uscis señala que los exmiembros militares que busquen solicitar la ciudadanía por servicio militar previo deberán completar su entrevista de naturalización. En caso de residir fuera del territorio estadounidense y no poder ingresar con una visa, pueden solicitar un permiso de viaje (parole) con el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permiso de Viaje y Registros de Llegada/Salida, junto con su solicitud N-400.

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