En marzo pasado, tras una serie de fugas de presos alojados en alcaidías y comisarías de la Policía de la Ciudad, el jefe de Gobierno, Jorge Macri, hizo cambios en su gabinete: designó a Horacio Giménez en reemplazo de Waldo Wolff como ministro de Seguridad. Hoy, el actual funcionario porteño recibió un revés judicial.
La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, más conocida como Cámara del Crimen, en un fallo unánime, rechazó una propuesta de las defensas de Giménez y de los restantes imputados y llamó a definir en un debate oral las acusaciones por las lesiones sufridas por manifestantes en un incidente con la Policía Metropolitana (antecesora de la Policía de la Ciudad) durante una protesta contra la demolición de las instalaciones de un taller que dependía del Hospital de Salud Mental José Tiburcio Borda, ocurrida en abril de 2013.
Así lo informaron a LA NACION calificadas fuentes con acceso al expediente. En el momento de los hechos investigados, Giménez era el jefe de la Policía Metropolitana, la fuerza de seguridad creada por Mauricio Macri en 2008, cuando estaba al frente del gobierno porteño.
Tras ser notificadas del fallo, fuentes cercanas a Giménez dijeron que la defensa del ministro recurrirá el fallo de la Cámara del Crimen ante las instancias superiores: “Una instancia aceptó la propuesta de reparación integral del daño, entonces los abogados van a apelar esta decisión de Casación en el tribunal de alzada, en espera de conseguir el doble conforme que deje firme la posición de la defensa que había sido convalidada por el tribunal”.
En noviembre pasado, el juez Carlos Rengel Mirat, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N°26, admitió la propuesta integral de reparación de daño efectuada por las defensas de Giménez, Ricardo Pedace, que fue subjefe de la Policía Metropolitana, y Martín Roth, que en el momento de los incidentes en el Borda era comisionado y estaba a cargo de la Dirección de Operaciones Especiales Metropolitanas (DOEM) de la fuerza de seguridad porteña.
La representante del Ministerio Público, la fiscal general Diana Goral, se mostró favorable a la “reparación integral del daño”. La acusación de la fiscalía para Giménez, Pedace y Roth era “coautores del delito de abuso de autoridad, en concurso ideal con lesiones leves reiteradas en 32 oportunidades”.
En un primer momento, las defensas ofrecieron $1.500.000 de reparación para cada una de las víctimas. Pero, después, hubo un ofrecimiento de $2.500.000.
Pero la resolución del juez Rengel Mirat no se encontraba firme. Había sido recurrida por las querellas.
Ahora, los jueces Gustavo Bruzzone, Mauro Divito y Jorge Rimondi, integrantes de la Sala I del citado tribunal de alzada, rechazaron “la propuesta de reparación integral del daño formulada por los imputados”, remitieron las actuaciones al TOC N°26 y “encomendaron pronta realización del debate oral y público”.
“De este modo, se advierte que la oposición de las víctimas no fue debidamente abordada y considerada por el magistrado al resolver, y fue soslayada por la representante fiscal al dictaminar. Lo que se señala adquiere particular importancia, pues algunos de los damnificados dieron cuenta (ya sea a través de sus representantes o de modo directo) de los motivos de su oposición, vinculados a la importancia de que los hechos fueran debidamente enjuiciados, lo que no puede ser catalogado como caprichoso de manera de ignorarlos», se sostuvo en el fallo, al que tuvo acceso LA NACION.
Por su parte, al analizar la resolución de los jueces Bruzzone, Divito y Rimondi, el abogado Pablo Rovatti, coordinador del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos del Ministerio Público de la Defensa y representante de dos de los pacientes psiquiátricos del hospital Borda que recibieron disparos en su cuerpo, sostuvo: “Estamos muy conformes con el fallo, básicamente porque pone las cosas en su lugar. Era verdaderamente un disparate que una causa como la de la represión en el Borda termine con una supuesta ‘reparación integral del daño’, cuando eso está terminantemente prohibido en el Derecho argentino, que solo prevé esos institutos para delitos como hurtos o estafas menores, esto es, delitos patrimoniales sin violencia”.