La llegada de un fin de semana de tres días para gran parte de la población argentina genera la inquietud sobre cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable.
Resulta fundamental comprender la distinción entre un feriado nacional y un día no laborable, ya que impacta directamente en la obligación de trabajar y la remuneración percibida.
¿Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable?
La principal diferencia radica en la obligatoriedad y el régimen de pago, que se encuentran definidos por la legislación laboral argentina.
Un feriado nacional es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical.
Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
Por otro lado, un día no laborable es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador. El artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo es claro al respecto: “Los días no laborables son optativos para el empleador”. En caso de que la empresa decida que se trabaje en un día no laborable, el empleado percibirá su salario simple, es decir, la remuneración habitual sin ningún recargo adicional. No se aplica el régimen de pago doble que sí rige para los feriados.
Cuándo es día no laborable con fines turísticos
Dentro de la categoría de días no laborables, existen los días no laborables con fines turísticos. Estos son establecidos anualmente por el Poder Ejecutivo, como lo hizo a través del decreto 1027 para el año 2025. Su creación se basa en el artículo 7 de la ley 27.399, que permite fijar hasta tres días feriados o no laborables con el objetivo de promover la actividad turística. Estos días suelen coincidir con lunes o viernes, buscando así formar fines de semana largos que estimulen los desplazamientos internos, fomenten el turismo y mitiguen los efectos negativos de la estacionalidad en el sector.
Cómo se manejan los días no laborables en la administración pública y el sector privado
Son de aplicación obligatoria para la administración pública y optativos para el sector privado.
Cómo se manejan los días no laborables para los bancos
Según el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación.
Todos los feriados que quedan en 2025
Agosto
- Viernes 15 de agosto: día no laborable puente.
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).
Diciembre
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriados inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriados inamovible)