La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado los recursos de apelación presentados por varias acusaciones particulares y ha rechazado que se investigue al representante legal de la empresa fabricante del revestimiento de la fachada del edificio del barrio valenciano de Campanar incendiado el 22 de febrero del pasado año, en el que murieron diez personas.
Igualmente, el tribunal ha denegado otras solicitudes de prueba de las partes como las declaraciones testificales la totalidad de los bomberos que participaron en un primer momento en la extinción del fuego, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
El tribunal ha adoptado estas decisiones en dos autos de apelación emitidos hace unos días y que confirman íntegramente los dictados a su vez por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, responsable de la investigación.
La Audiencia rechaza que se cite a declarar como investigado al responsable de la mercantil que fabricó el revestimiento de la fachada porque considera que ha quedado acreditado que la construcción del edificio siniestrado «se ajustó a la legalidad vigente en aquel momento».
A juicio de los magistrados, a esa conclusión se llega a partir de las declaraciones testificales prestadas durante la instrucción por el arquitecto técnico autor del proyecto de construcción, el arquitecto técnico que supervisó la ejecución de la obra y el arquitecto municipal que elaboró el informe previo a la concesión de licencia de construcción y ocupación.
«Difícilmente puede pretenderse que existiera una responsabilidad penal por la supuesta ocultación de un riesgo, si éste estaba legalmente admitido, al estar autorizada la utilización de dicho material para el revestimiento de la fachada», recoge el auto de apelación.
En esta resolución, la sección cuarta también ratifica la negativa del instructor a practicar otras diligencias relacionadas con el material instalado en la fachada del edificio por entender que son innecesarias.
TOTALIDAD DE BOMBEROS, «REDUNDANTE»
El segundo de los autos dictados por el mismo tribunal deniega, entre otras diligencias, que testifiquen en la causa la totalidad de los bomberos que participaron en la primera intervención en el incendio, por entenderlo innecesario y «redundante».
La Sala recuerda a este respecto que ya han testificado durante la instrucción tres bomberos que llegaron al edificio en los primeros vehículos y trabajaron directamente en la extinción del fuego, en concreto, un bombero zapador, un cabo y un sargento. En opinión de la Audiencia, «de lo actuado ya resultan esclarecidas las circunstancias en las que se produjo la intervención» de los bomberos.