El fiscal federal Ramiro González dictaminó este viernes que Carlos Pagni, columnista de LA NACION, no cometió delito alguno de acción pública contra el presidente Javier Milei y sostuvo que, por ende, no le correspondía a su fiscalía impulsar una investigación contra el periodista.
González destacó además la protección que tiene en la Argentina la libertad de expresión, “una garantía constitucional fundamental”.
El fiscal intervino en el expediente iniciado por una denuncia que Milei presentó contra Pagni hace una semana, cuando le adjudicó haber comparado su llegada al poder con la de Adolf Hitler, algo que Pagni no hizo.
El fiscal dijo que los delitos que Milei le imputa a Pagni (“calumnias e injurias”) son de aquellos catalogados por la ley como “de acción privada” y, por su naturaleza, “su persecución queda reservada a instancia del particular ofendido, a través del ejercicio directo de la querella”, sin que deba intervenir la fiscalía. En definitiva, la conclusión del fiscal fue que, en todo caso, si se abría una causa, debía ser con el exclusivo impulso de Milei.
Pero González decidió ir más allá y en su presentación le advirtió al juez: “Sin perjuicio de ello, se estima oportuno señalar que el análisis de las expresiones cuestionadas no puede escindirse del contexto en el cual fueron formuladas, esto es en una editorial de un programa de claro tinte y análisis político”. Y afirmó: “En este marco, la valoración jurídica de dichos contenidos requiere una especial prudencia, en tanto involucra cuestiones que podrían encontrarse amparadas bajo la libertad de expresión, y por lo tanto exige la aplicación de un criterio particularmente restrictivo”.
González recordó que “la libertad de expresión es considerada un derecho perfecto y natural, una garantía constitucional fundamental, que implica no solo la libertad de pensamiento y opinión, sino también el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente o por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
El fiscal destacó que la jurisprudencia es clara en cuanto a que “las expresiones que constituyen una manifestación de discurso político o de prédica ideológica, en las que no se especifica cómo, cuándo ni dónde habría de cometerse una acción ilícita, resultan atípicas”. Dijo: “Las garantías constitucionales que amparan la libertad de pensamiento y expresión exigen la aplicación de un criterio restrictivo para precisar las conductas que, escapando a tal protección, serán alcanzadas por el derecho penal”.
Además, remarcó que este criterio es seguido por el derecho internacional y citó fallos de la Corte de Estados Unidos, que estableció como parámetro que para que un discurso pierda protección legal debe estar “dirigido a incitar o producir una acción ilegal inminente, y sea probable que efectivamente incite o produzca tal resultado”.
El juez federal Daniel Rafecas le había dado intervención al fiscal, después de recibida la denuncia de Milei, porque si bien la acusación era por un delito de acción privada, entendió que del relato del Presidente podían surgir supuestos hechos interpretables como delitos de acción pública (que le interesa a la sociedad toda perseguir).
En su dictamen de este viernes, González no solo dejó en claro que no hay un delito de acción pública sino que además advirtió sobre los riesgos de perseguir penalmente, con cualquier tipo de acción penal, las expresiones del periodismo político.
De qué lo acusa
Milei presentó su denuncia contra Pagni el 9 de mayo pasado. Ese mismo día promovió además causas penales -también por “calumnias e injurias”- contra Viviana Canosa, de Canal 13, y Ari Lijalad, de El Destape. Los acusó de haber hecho afirmaciones que afectaron su “honor y reputación”.
En cuanto a Pagni, Milei dijo que el Presidente le atribuyó “haber realizado las mismas conductas que llevadas a cabo (SIC) por el dictador nazi Adolf Hitler para llegar al poder”, algo que el periodista nunca hizo.
Pero Milei fue más allá: incluyó en su denuncia una supuesta cita textual de Pagni que, en rigor, no existió. El Presidente escribió: “El Sr. Pagni mencionó el artículo titulado ‘La Argentina, una torre de Babel’ y dijo que allí se comparaban ’las condiciones por las cuales nuestro presidente argentino llegó al poder con la Alemania hitleriana’, idea que luego continuó desarrollando durante su programa (video disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=FX1HfRcSRZQ)“.
El planteo del Presidente incluye dos errores evidentes. El primero es que la frase que Milei cita entre comillas no fue pronunciada por Pagni. El segundo, que “La Argentina, una torre de Babel” no es un artículo que el periodista haya citado en su editorial, sino el título mismo de ese editorial de Pagni que Milei cuestiona.
Pagni y su supuesta “intención”
En la parte de la denuncia destinada a poner de manifiesto los supuestos hechos delictivos cometidos por Pagni, Milei dice: “En el programa ‘Odisea Argentina’, emitido con fecha 28 de abril de 2025, por el canal ‘La Nación’, el Sr. Pagni realizó diversas afirmaciones que afectaron gravemente mi honor y reputación. En esa ocasión, el Sr. Pagni realizó un recorrido histórico sobre el régimen nazi con la clara intención de inducir al lector a una comparación insidiosa entre el dictador Adolf Hitler y mi persona”. Milei sostuvo que “con ese fin”, Pagni dijo la frase que falsamente le adjudica.
El periodista no solo no afirmó lo que el Presidente le atribuye, sino que nunca vinculó la llegada de Milei al poder con el proceso que derivó en la asunción de Hitler. En cambio, planteó los riesgos a los que se enfrenta a futuro el mundo a partir de la incomunicación que caracteriza el actual momento de la política global.
Pagni hizo esa reflexión a partir de una foto que se sacaron en la Basílica de San Pedro, durante los funerales del papa Francisco, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y el líder ucraniano, Volodimir Zelensky. “Interesa esta imagen por su rareza. Más allá de que Trump tiene un conflicto con Zelensky, y una mayor proximidad con Vladimir Putin que su antecesor Joe Biden, dos personas pueden dialogar en un mundo desarticulado, fragmentado y convertido en una especie de Torre de Babel”, señaló Pagni.
Fue entonces cuando el periodista citó el libro Hitler: a 30 días del poder, del historiador norteamericano Henry Ashby Turner. “El autor –recordó Pagni- sostiene de manera muy contundente que era muy difícil que Hitler llegara al poder, y se pregunta por qué llegó. Llegó porque cada dirigente importante de la clase política alemana de aquel momento tenía una hipótesis errónea respecto del comportamiento de los demás líderes: una Torre de Babel. Cada uno pensaba que el otro iba a hacer algo distinto de lo que efectivamente quería hacer. ¿Por qué se produjo eso? Por incomunicación. La tesis de Turner es que la incomunicación genera el caos. La incomunicación engendra monstruos, como diría Hegel”.
A continuación, Pagni mencionó que estamos “en un mundo y en un país muy dominado por ese fenómeno” de la incomunicación. “Tanto que Milei tuvo que pedir disculpas por haber insultado al Papa. Dio una explicación un poco extraña, diciendo que lo insultó porque, dada su condición de pensador anarcocapitalista, no podía entender el rol de un líder comunitario. Eso no justifica los insultos. Pero hay una estrategia de agresividad que se manifiesta también, no solo en la Argentina, sino en muchos otros países, en los ataques a la prensa“, dijo. Y agregó que “el factor que más moviliza políticamente a las sociedades es el odio, la bronca, la furia; ir contra algo, no a favor de algo”.
Cómo sigue la causa
Luego de la presentación de este viernes del fiscal González, el juez Rafecas deberá decidir el futuro de la causa. Desde que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó el fallo Kimel (2008) y condenó a la Argentina, se limitó mucho la posibilidad de que avancen este tipo de causas.
En el fallo Kimel, la Corte Interamericana destacó que las opiniones “no pueden ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto oficial de un funcionario público en el desempeño de su cargo“.
En 2009, la Argentina adaptó su legislación a los estándares fijados por aquel fallo internacional. No solo derogó las penas de prisión para estos delitos, sino que además advirtió que no pueden perseguirse penalmente las expresiones sobre asuntos de interés público.
El jueves pasado, además, la Cámara Federal dictó un fallo contra las pretensiones de Milei en su batalla legal contra otro periodista: Jorge Fontevecchia, fundador de Editorial Perfil, que denunció al Presidente, entre otras cosas, por incitación al odio debido a sus dichos contra los periodistas.
Milei –que en esta causa es el denunciado- había presentado un recurso de casación para evitar una audiencia de conciliación a la que había sido citado en uno de los casos promovidos por Fontevecchia. El camarista federal Eduardo Farah rechazó el recurso de casación del Presidente por no estar dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a definitiva.