La Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM) y el Sindicato Médico Andaluz (SMA) ha pedido a todos los sindicatos, asociaciones y plataformas médicas que se sumen de «forma masiva» a su convocatoria de huelga, este viernes 13 de junio, ante la falta de respuesta por parte del Ministerio de Sanidad, a las propuestas de su Comité en cuestiones como la clasificación profesional, la creación de un ámbito propio de negociación o el régimen de exclusividad.
«El ministerio debe recibir claramente el mensaje de que vamos en serio y de que este conflicto no va a cesar hasta que obtengamos un trato justo», señalan en un comunicado, donde recuerdan que la sanidad pública «lleva décadas sostenida por el esfuerzo desproporcionado» del colectivo facultativo.
«Hacemos horas extra obligatorias a precio de saldo y no tenemos derecho al descanso ni a la conciliación. Hasta el cuidado de nuestros hijos es sacrificado en aras del bien público», advierten afirmando que el nuevo Estatuto Marco pretende «consagrar» esta situación que califican de «insostenible».
«Cada vez más médicos abandonan el Sistema Nacional de Salud. Por eso la sanidad pública se hunde. Por eso es necesario que alcemos la voz en defensa de nuestros derechos. Hemos hecho todo lo que estaba en nuestra mano para alcanzar con el ministerio un acuerdo que evitara la huelga, pero ha sido en vano. No existen indicios que sugieran que se va a producir un cambio sustancial en su actitud, basada en la consagración del menosprecio y la explotación laboral de nuestro colectivo», afirman.
En cuanto a lo que señalan conocer con «más detalle» del borrador del Estatuto Marco, sobre la regulación sobre la jornada, afirman que «el nuevo Estatuto Marco aspira a consagrar el actual ‘status quo’, basado en el sostenimiento del sistema sanitario público a costa de los derechos laborales de los facultativos».
CONTRAOFERTA DEL COMITÉ DE HUELGA AL MINISTERIO DE SANIDAD
El Comité de Huelga ha propuesto a Sanidad que la regulación de la actividad del facultativo «debe garantizar» sus derechos laborales y la protección de su salud. «Los derechos del trabajador no pueden quedar sometidos a la discrecionalidad de la dirección y a las necesidades asistenciales», afirman.
«El facultativo debe tener una jornada de 35 horas semanales, como cualquier otro trabajador de la sanidad pública. Los excesos de jornada necesarios para garantizar la asistencia sanitaria a la población, tanto urgente como programada, deben ser negociados en base a criterios de voluntariedad y retribuidos de forma adecuada», piden en segundo lugar.
Por otro lado, consideran que la jornada ordinaria y la guardia deben tener una duración y franja horaria «claramente delimitadas», que evite su distribución irregular a criterio de la dirección. «La jornada del facultativo por defecto debe ser en día laborable y horario de mañana, como es la norma en toda la función pública», añaden.
Asimismo, afirman que los descansos compensatorios deben computar a todos los efectos como tiempo de trabajo efectivo; todo el trabajo que se realice en horario nocturno, independientemente de su modalidad, debe tener un coeficiente reductor de jornada, al igual que se contempla para el resto de las categorías; y los excesos de jornada, incluida la jornada de guardia, no pueden ser retribuidos por debajo de la hora de jornada ordinaria.
Además, consideran que no puede asignarse la misma consideración a la cobertura de la asistencia urgente a la población que a la realización de actividad programada; los periodos de descanso deben ser ampliados y garantizados; el cómputo del tiempo de trabajo efectivo debe atenerse a lo establecido por la normativa europea e impedir el establecimiento en la práctica de jornadas semanales abusivas y extenuantes; y las guardias localizadas, al igual que las presenciales, deben ser reguladas de modo que se limite la carga de trabajo y se garanticen los descansos compensatorios.
Finalmente, defienden que no pueden existir sistemas de cobertura de incidencias no retribuidos; el Estatuto no puede regular la vida privada del profesional; y deben establecerse criterios objetivos de sobrecarga laboral que conlleven medidas obligatorias dirigidas a proteger la salud del trabajador. «No podemos aceptar la consagración de una sobrecarga laboral estructural del facultativo», concluyen.