El juicio en ausencia, como el ordenado en la causa AMIA, es un juicio oral similar al que afronta cualquier acusado, con fiscal, testigos que declararan frente al tribunal, análisis de distintas pruebas, alegatos y un veredicto. Sin imputado no hay indagatoria y esa es la diferencia central.
Aunque no esté presente, el acusado no pierde su derecho de defensa. Por eso, el primer paso consiste en notificar “al defensor y, en su caso, a los familiares o allegados del imputado” de la decisión judicial de continuar con el proceso en ausencia.
No cualquier juicio puede hacerse en ausencia. Es solo para determinados delitos graves previstos por la ley.
“Si el imputado declarado ausente no tuviere defensor, el juez le designará uno de oficio”, dice el Código Procesal Penal, que prevé que en cualquier etapa del proceso el imputado pueda “designar un defensor de su confianza”. Será entonces el abogado defensor quien ejerza los derechos que las leyes le confieren a los acusados.
Para que el juicio en ausencia sea válido debe ser “registrado por medios audiovisuales”. Y tanto esos registros como los elementos de prueba ofrecidos “deberán ser resguardados hasta la culminación definitiva del juicio” y preservados por 100 años.
Un juicio que comenzó “en ausencia” puede dejar de serlo. La ley prevé expresamente que el imputado está habilitado a presentarse durante la realización del debate y “tendrá derecho a ser oído”.
Una vez que se dictó la sentencia condenatoria, también podrá presentarse -dentro de los 10 días- y solicitar la realización de un nuevo juicio, siempre que acredite que no se enteró del proceso en su contra o que se enteró pero tuvo un “grave y legítimo impedimento” para asistir.
Además, el condenado podrá interponer un recurso de revisión contra la sentencia firme, siempre que existan “hechos o elementos de prueba que, solos o unidos a los ya examinados en el proceso, demuestren que el hecho no existió, que el condenado no es responsable, que su participación en el hecho fue distinta de la establecida en la sentencia, que el hecho encuadra en una norma penal más favorable o que la pena impuesta no está justificada”.
El condenado tendrá derecho, además, a todos los recursos que le corresponderían en un juicio común, que podrán ser intentados por su defensor.
El juicio en ausencia es ley desde marzo de este año. Lo promovió el Gobierno y desde un primer momento fue pensado como una forma de avanzar con el proceso por el atentado a la AMIA.
Cuándo procede
El juicio en ausencia procederá únicamente contra un imputado que está rebelde y, conociendo la existencia del proceso en su contra, no se presenta en los tribunales, dice la ley. También, si se libró una orden de captura pero pasaron cuatro meses y no se lo encontró, o si fracasó el pedido de extradición.
El juicio en ausencia está previsto para delitos graves como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, de guerra y de agresión, la desaparición forzada de personas, la tortura y el terrorismo.