La Justicia condena las candidaturas testimoniales porque las considera un fraude al electorado, pero cuando debió resolver si oficializaba postulaciones sospechosas, las aceptó porque entendió que no podía ejercer un “control preventivo” y adivinar si una vez electos, los candidatos iban a asumir o no.
No obstante, los jueces advirtieron que si los postulantes “no son honestos” y no asumen luego de las elecciones, se estaría frente a una “inaceptable manipulación de las instituciones de la República”.
Este criterio lo estableció en 2009 la Cámara Nacional Electoral y vale para las elecciones nacionales, pero el parámetro es atendible además para analizar la situación de las elecciones legislativas bonaerenses del 7 de septiembre, donde 23 intendentes del conurbano se postularon y se sospecha que la mayoría no tiene planes de asumir.
La Cámara Nacional Electoral se pronunció sobre el tema cuando analizó si oficializaba las candidaturas a diputados nacionales de Daniel Scioli, que en ese momento era gobernador bonaerense, y de Sergio Massa, que era intendente de Tigre.
En primera instancia, el juez electoral Manuel Blanco (que falleció en 2014) habilitó las candidaturas denunciadas por al UCR, el GEN y la Coalición Cívica. Los cuestionamientos incluyeron también a la postulación de Néstor Kirchner, que no tenía ningún cargo cuando se candidateó (era el gobierno de Cristina Kirchner) y sí asumió como diputado.
La Constitución Nacional le impide a un gobernador ser en simultáneo legislador, como hubiera sido el caso de Scioli. Tanto él como Massa habían sugerido que si ganaban las elecciones no iban a asumir sus cargos legislativos.
La Cámara Nacional Electoral, con el voto mayoritario de los jueces Santiago Corcuera y Rodolfo Munné (ya fallecido) admitió las postulaciones. Votó en disidencia el juez Alberto Dalla Vía, que integra hoy el tribunal, junto con Corcuera y Daniel Bejas.
La Cámara resolvió que lo que establece la Constitución es una incompatibilidad que en el caso de Scioli le impedía el desempeño simultáneo de los cargos de gobernador y diputado, pero que “no limita la participación electoral”. Si el funcionario en cuestión resultaba electo, lo que debía hacer era renunciar para asumir en el Congreso, dijeron los jueces en aquel momento.
Scioli ganó con su nombre en la boleta a legisladores nacionales por la provincia de Buenos Aires, pero siguió en la gobernación.
Con respecto a las candidaturas testimoniales, los jueces convocaron a Scioli y a Massa y por escrito, ambos de manera ambigua se comprometieron a asumir. Aunque luego no lo hicieron.
“Si se configurase un supuesto de lo que vulgarmente se ha dado en llamar ‘candidatura testimonial’, no podría ser oficializada”, señalaron Corcuera y Munné, porque “habría candidatos que no pretenden ser representantes y por lo tanto no podrían ser oficializados por defraudar al elector, pues se habrá quebrantado la relación representante-representado que nuestros constituyentes han plasmado en la letra y en el espíritu de la Constitución Nacional y asimismo configurará un apartamiento ético, con la consiguiente desazón que producirá en parte del electorado”.
Los jueces afirmaron que Scioli y Massa le dijeron tres veces a la Justicia Electoral, por escrito, que iban a ocupar las bancas si eran electos. Primero, al aceptar las candidaturas; luego, con una comunicación del apoderado del partido que dijo que estaban “dispuestos a asumir los cargos, dando fe de ello” y, por último, ellos mismos lo hicieron personalmente, al “ratificar íntegramente las afirmaciones realizadas por los apoderados y manifestar, además, su disposición para la asunción del cargo al que han sido propuestos”, recordaron los camaristas.
Como Scioli y Massa se comprometieron en ese momento a asumir, los jueces oficializaron su candidatura y advirtieron que “es de toda evidencia que no puede exigírsele a la justicia desentrañar las intenciones, propósitos o planes íntimos de quienes se presentan al electorado requiriéndoles el voto. Tal especie de ‘control preventivo’ de las conductas futuras de quienes puedan resultar electos es inimaginable en un Estado de Derecho”.
Dijeron además que “si, por acciones futuras, llegase luego a comprobarse que los candidatos no fueron ‘honestos’ en sus expresiones”, ello significaría “una inaceptable manipulación de las instituciones de la República, a la vez que una grave lesión al proyecto de Nación al que todos, electores y candidatos, deben tributar”. Eso es lo que ocurrió, ganaron y no asumieron en el Congreso.
Los jueces señalaron que aún cuando se supusiera que las postulaciones eran ficticias «escapa a las atribuciones del Poder Judicial resolver sobre la base de hipótesis, conjeturas, suspicacias o sospechas -sean estas fundadas o no-“. Advirtieron: ”Pese a que nuestra tarea resulte antipática e ingrata”.
El juez Dalla Vía, en su disidencia, entendió que bastaban las sospechas. En cuanto a Scioli dijo que el art. 73 de la Constitución Nacional “es un límite de elegibilidad para los gobernadores de provincia mientras estén en ejercicio de sus mandatos”, consideró que les prohíbe “postularse como candidatos a cargos legislativos en los distritos que los eligió previamente para ejercer la más alta función ejecutiva provincial”.
Citó “copiosa doctrina constitucional” y el debate de la Convención Constituyente. Así, en su voto en minoría, sostuvo que Scioli no estaba habilitado para ser candidato a diputado en 2009.
En cuanto a las candidaturas “testimoniales”, “eventuales” o “condicionales”, Dalla Vía señaló que son manifiestamente inadmisibles.
Dijo que “quiebran” el sistema representativo instituido en la Constitución Nacional. Agregó que “la oferta electoral presupone un compromiso de carácter político por parte de quien la ejerce y si bien el vínculo jurídico-político de la representación se perfecciona con el sufragio, no pueden desconocerle las consecuencias que de la oferta electoral derivan en cuanto a los derechos y expectativas de los ciudadanos”.
Destacó que así como es reprochable no cumplir con la plataforma electoral, “tanto más reprochable resulta la postulación a una candidatura que no se esta dispuesto asumir” y afirmó que “ese compromiso forma parte de los procesos políticos cuya legitimidad el fuero electoral está llamado a proteger y preservar”.
Dalla Vía dijo, en 2009 que había, como lo hay ahora, “un estado de incertidumbre en el seno de la opinión pública”, con respecto a si los candidatos estaban dispuestos a asumir en caso de resultar electos, y que esa duda no había sido despejada por los postulantes “en virtud de la ambigüedad de las manifestaciones realizadas” por ellos. Manifestó que no se podía entonces “extraer una clara convicción” sobre la voluntad de los candidatos de “asumir los cargos” y que “tanto menos” permitía interpretar que iban a hacerlo.
Dalla Vía insistió en que las candidaturas testimoniales son admitidas ni toleradas “por resultar contrarias a la Constitución Nacional”.
La Cámara Nacional Electoral es el máximo tribunal de los comicios por debajo de la Corte Suprema de Justicia. Si bien no decide en estas elecciones bonaerenses, porque su competencia son las nacionales, sus criterios fijan el estándar constitucional mas reconocido sobre cómo interpretar las reglas en los procesos electorales.
Las candidaturas testimoniales no están prohibidas en la provincia y si bien despiertan polémica, los intendentes buscan convertirse en candidatos para territorializar la elección y no perder el control local Solo unos pocos intendentes anticiparon que sus candidaturas no serán testimoniales y que, efectivamente, asumirán su nuevo cargo de resultar electos.
La alianza Fuerza Patria –que aglutina al kirchnerismo, al kicillofismo y al Frente Renovador de Sergio Massa- postula a 17 intendentes. Somos Buenos Aires –que reúne a sectores de la UCR, del peronismo no kirchnerista, de la Coalición Cívica y del Pro disidente-, a cuatro, y Frente La Libertad Avanza, a dos.
Cristina Kirchner ya dijo a los sus candidatos que no iba a tolerar testimoniales y que si se postulan, deben asumir. Lo propio dijo Karina Milei a los suyos.