La asociación Juezas y Jueces para la Democracia de España respaldó a Sandra Heredia “por haber procesado a Álvaro Uribe”

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Uribe celebró su libertad con una taza de tinto (café) junto a varios de los seguidores que lo acompañaron en Sabaneta - crédito Álvaro Uribe Vélez/YouTube | @jjpdemocracia/IG | Tribunal Superior de Bogotá / captura de pantalla

La asociación Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) expresó su respaldo a la jueza colombiana Sandra Liliana Heredia, quien fue amenazada junto a su familia tras procesar al expresidente Álvaro Uribe.

A través de sus redes sociales, la asociación judicial difundió un comunicado del Fondo de Solidaridad con el Poder Judicial Colombiano (Fasol), en el cual se expresa preocupación por las amenazas y hostigamientos sufridos por Heredia.

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Frente a estos hechos, y que desembocaron en la libertad de Uribe Vélez tras la firma de su boleta, por medio de un comunicado y un video, la JJpD respalda la declaración y solicita a los organismos internacionales protección para la magistrada.

Heredia dictó una condena en primera instancia de 12 años de prisión domiciliaria contra Álvaro Uribe por fraude procesal y soborno en actuación penal. El expresidente permaneció 18 días bajo arresto, hasta que el Tribunal Superior de Bogotá ordenó su libertad el 19 de agosto.

Tras la liberación de Uribe, se intensificaron en redes sociales las publicaciones sobre una eventual investigación a la jueza por prevaricato, bajo el argumento de que su resolución no habría fundamentado la detención preventiva. Ella y su familia también recibieron amenazas.

El comunicado de Fasol que compartió la asociación desde España - crédito @jjpdemocracia/IG

“El pasado 15 de agosto, el Fondo de Solidaridad con el Poder Judicial Colombiano (Fasol) solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una medida cautelar para que se proteja la vida, la familia, el derecho a ejercer plenamente la actividad como juez de la doctora Sandra Liliana Heredia, juez 44 penal del circuito de Bogotá, que tramitó el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien, como se sabe, resultó condenado en esa instancia”, señaló Antonio Suárez Niño, presidente de la asociación.

En ese sentido, “hemos hecho un llamado a la Comisión para que tenga en cuenta que en Colombia más de 1.400 funcionarios y empleados del Poder Judicial han sido víctimas de la violencia por parte de actores a quienes no les gustan las decisiones de los jueces”, agregó Suárez.

En consecuencia, y en una parte del mensaje dedicada al exmandatario, “condenamos y denunciamos la actividad desplegada por algunos de los intervinientes en ese proceso y partidarios del doctor Álvaro Uribe Vélez, que se han dedicado a amenazar y a estigmatizar una decisión que se tomó en el ámbito del Estado social y democrático de derecho y que goza de la presunción de acierto”, agregó el presidente de la asociación.

Por último, Suárez hizo un “llamado al gobierno colombiano y a la Fiscalía General de la Nación para que tomen las decisiones del caso, no solo para preservar y proteger la independencia judicial como una garantía ciudadana, sino para proteger la vida de la doctora Heredia”.

La medida revocada por el Tribunal Superior de Bogotá

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la medida de prisión domiciliaria impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien había sido condenado en primera instancia por la jueza Sandra Liliana Heredia a 12 años de cárcel por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.

De acuerdo con lo que la Sala de Decisión Penal del Tribunal destacó en su fallo, los argumentos de la jueza Heredia para dictar la detención fueron “vagos, subjetivos e imprecisos”, señalando que se violó la presunción de inocencia de Uribe.

El tribunal cuestionó que la decisión de la jueza se sustentó en conceptos generales como la convivencia pacífica, el orden social y la percepción ciudadana, criterios que, según los magistrados, carecen de fundamento objetivo y específico para justificar una medida de privación de la libertad.

Además, el fallo a nombre del magistrado Leonel Rogeles Moreno advirtió que la jueza utilizó el reconocimiento público de Uribe como parte de su argumentación, lo cual fue considerado inapropiado ya que el derecho penal colombiano prohíbe sancionar por la personalidad, ideas o nivel de reconocimiento del acusado y no por sus acciones concretas.

El expresidente Uribe enfrentó el juicio que tiene como contraparte al senador Iván Cepeda - crédito Cristian Bayona/Colprensa y Lina Gasca/Colprensa

Los magistrados resaltaron que la decisión de primera instancia no tomó en cuenta la presunción de inocencia que debe prevalecer hasta que exista una sentencia en firme, y criticaron que la medida restrictiva afectó el principio de igualdad ante la ley.

El documento también detalla que no se presentaron pruebas de que existiera riesgo de fuga por parte del exmandatario, quien cumplió con todas las citaciones del proceso, incluso cuando estuvo fuera del país por motivos de agenda internacional.

Sobre la posible intención de la defensa de Uribe de dilatar el proceso, el Tribunal Superior aclaró que no se presentaron fundamentos sólidos que corroboraran esta hipótesis y que varias de las acciones jurídicas emprendidas por la defensa estaban amparadas por el marco legal. Además, la revisión judicial subrayó que las medidas de aseguramiento no pueden imponerse con base en riesgos hipotéticos o conjeturas derivadas del reconocimiento público del procesado, sino en hechos verificables y actuales.

El tribunal también detalló recursos y tutelas resueltos durante el proceso, en los que se ordenó garantizar los derechos de defensa y debido proceso para todas las partes involucradas.

En el balance general del fallo se determinó que la privación de la libertad dictada por la jueza Heredia no cumplió con los requerimientos legales para restringir un derecho fundamental, por lo que Uribe recuperó su libertad tras 18 días en detención domiciliaria.

La decisión judicial marca un precedente en el sistema de justicia colombiano sobre la necesidad de fundamentar adecuadamente las restricciones de derechos y reafirma el principio de la presunción de inocencia hasta la existencia de una sentencia definitiva.

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