El Senado rechazó el decreto que disolvía y modificaba organismos culturales, pero el Gobierno dice que mantendrá la estructura actual

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Esta tarde, el Senado rechazó de manera definitiva -por 57 votos contra 13 y una abstención- el decreto 345, ideado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, que establecía la reconversión en “unidades organizativas” de la Secretaría de Cultura de los institutos nacionales del Teatro y de la Música, de la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (Conabip) y la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, y la disolución de los institutos nacionales de investigaciones históricas Eva Perón (que el Gobierno, al no poder disolver porque había sido ratificado por ley en 2010, convirtió en un museo nacional), Sanmartiniano (con el mismo estatus que el Eva Perón), Yrigoyeneano y Juan Manuel de Rosas. La Cámara de Diputados había rechazado el decreto 345 a comienzos de agosto.

Sin embargo, desde la Secretaría de Cultura, a cargo de Leonardo Cifelli, informaron que se mantendría la nueva estructura y que “entendían” que el rechazo del veto “se judicializaría”.

Letrados consultados por LA NACION sostuvieron que si Cifelli y cualquier otro funcionario insistían en desoír al Congreso “se exponían a un proceso penal”. Ya hay ciudadanos dispuestos a llevar a juicio a la “cúpula” de Cultura, entre ellos, Cifelli y la subsecretaria de Patrimonio Cultural, la historiadora Liliana Barela.

“La norma retrotrae la situación a antes del decreto 345 -dijo a LA NACION el abogado Diego Barovero, presidente del Instituto Nacional Yrigoyeneano-. Las normas dictadas a posteriori son nulas por efecto del decaimiento del decreto original. Para defender la jerarquía del instituto como Instituto Nacional, estamos evaluando la situación jurídica. Si la subsecretaria Barela y el recientemente nombrado director Luis Tozzo incumplen una manda parlamentaria estarán incursos en una conducta antijurídica y penalmente responsable”.

Tozzo, que es abogado y no historiador, hoy mismo fue nombrado director de Investigaciones Históricas, mediante una resolución del Boletín Oficial, al igual que el director del Museo Eva Perón (el arquitecto Juan Pablo Repetto) y los diez integrantes del Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Monumentos. Seguramente, todos estaban al tanto del conflicto de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo.

“La judicialización implica además formular la denuncia penal contra los funcionarios involucrados en la desobediencia institucional que significaría desconocer la resolución de ambas cámaras del Congreso”, agregó Barovero.

El letrado Andrés Gil Domíguez dijo a LA NACION que el rechazo del Congreso tenía como “efecto la nulidad absoluta del decreto delegado 345/2025 y del decreto de estructura posterior debido a que se debe regresar al esquema institucional previsto por la ley 23.351″. “Nulidad absoluta e insanable”, sintetizó.

En respuesta a una publicación en X de Gil Domínguez, el letrado Miguel Nathan Licht, presidente del Tribunal Fiscal de la Nación, explicó: “La nulidad es una sanción por el dictado de un acto ilícito. Ninguna ilicitud puede determinarse sin la observancia del debido proceso (derecho de defensa). Por esa razón el Congreso, por regla general, no emite actos ‘sancionatorios’. El Congreso cuando advierte una ilicitud lo que hace es corregirla mediante la derogación. En el caso de un decreto que agotó sus efectos con su emisión, la derogación ulterior no tiene nunca entidad jurídica para revivir la norma derogada. Paso a ejemplificar: por decreto delegado se elimina el Ministerio de Turismo. El rechazo posterior del decreto delegado que eliminó el Ministerio de Turismo no lo revive. Para que resucite la ley derogada por el decreto tiene que ser una norma de efectos permanentes. Además el régimen constitucional de los decretos delegados es distinto al de los DNU y promulgación parcial. Esa distinción no es baladí”.

Gil Domínguez insistió en que “la nulidad constitucional que tiene por objeto garantizar la división de poderes, interdictar la autocracia y resguardar la República es de ipso iure”, esto es, “de pleno derecho” y sin necesidad de un proceso o trámite adicional.

Consultado por LA NACION, el exministro de Cultura Pablo Avelluto coincidió con Barovero y Gil Domínguez en que el Gobierno debía dar marcha atrás con la estructura de Cultura. “Así fue como los argentinos perdimos otra oportunidad de reformar nuestras instituciones culturales públicas por hacerlo a lo bestia”, opinó acerca de la estrategia libertaria.

A partir de la publicación del decreto 345, en la Semana de Mayo, el Gobierno instrumentó con rapidez varios cambios, incluidos desplazamientos de funcionarios, designaciones y cierres de organismos culturales, que fueron rechazados por un amplio sector social que diputados y senadores, por lo visto, tuvieron en cuenta.

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