La cadena colombiana Frisby, presidida por Liliana Restrepo, atraviesa una compleja disputa legal con una empresa homónima surgida en España.
El conflicto tomó un giro decisivo cuando Frisby Colombia anunció el inicio de acciones judiciales formales contra la compañía radicada en Bilbao (País Vasco, España), después de concluir sin avances la etapa “prelegal” requerida en la legislación europea.
Respaldada por su equipo jurídico en Colombia y la firma Garrigues en España y la Unión Europea, Frisby emprendió este camino con el objetivo de defender sus derechos sobre la marca y su personaje publicitario, “Pollo Frisby”.
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Así lo confirmó la compañía de alimentos en un comunicado oficial: “Hemos dado por terminada sin ningún avance la etapa prejudicial que exige la Ley española. En tal sentido y de la mano de la firma Garrigues, abogados que nos representan en España y la Unión Europea y con nuestro equipo legal en Colombia, iniciaremos las acciones legales respectivas como parte de la defensa de nuestros derechos sobre la marca Frisby y nuestro personaje icónico ‘Pollo Frisby’»
Los orígenes de la disputa se remontan a la solicitud de registro que un grupo de empresarios españoles presentó para operar bajo el nombre de Frisby en el país ibérico y a nivel europeo. Al percibir un riesgo tangible sobre su patrimonio marcario, la firma colombiana activó todos los recursos para proteger su identidad y elementos distintivos.
Inicialmente, ambas partes se involucraron en una negociación amigable, conforme lo sugieren los procedimientos oficiales. Sin embargo, estas conversaciones no condujeron a un acuerdo, lo que provocó la reanudación del proceso por la vía judicial y la escalada del litigio.
En medio de este escenario, Frisby España S.L. expresó públicamente su posición mediante un comunicado de su representante Charles Dupont y el despacho Orbes & Zúñiga Abogados. El documento sostiene que la contraparte colombiana recurrió a una estrategia de “bloqueo marcario”, sin intención visible de hacer uso de la marca en Europa, y se refiere a la acción de Frisby Colombia como un intento de ejercer control global carente de voluntad real de expansión en el continente.
El portavoz español recalcó que su empresa, a diferencia de la colombiana, genera empleo y cumple sus compromisos fiscales y laborales en el entorno europeo, reafirmando su derecho a operar y descartando cualquier propuesta de venta o cesión de activos.
El proceso avanza ante la Oficina Española de Patentes y Marcas y la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea. Estas entidades fueron notificadas por Frisby España de su intención de obtener el registro definitivo de la marca, aunque la operación permanece en suspenso debido a la apelación interpuesta por la casa matriz colombiana. Los organismos otorgaron plazos precisos para que Frisby Colombia aporte evidencia de “uso serio y continuo” de la marca en territorio español y europeo: el 2 de septiembre de 2025 constituye la fecha límite para España, mientras que una prórroga concedida a nivel continental extiende el plazo hasta el 17 de septiembre de 2025.
La principal alegación de Frisby España es que la matriz sudamericana no ha realizado actividad comercial bajo ese nombre en Europa durante los últimos años, lo que según la normativa vigente podría conducir a la caducidad de la marca por falta de uso. Desde la perspectiva española, la resolución depende de la capacidad de la empresa colombiana para demostrar operaciones auténticas y sostenidas asociadas a la marca. En ausencia de tales pruebas y de acuerdo con los plazos definidos, las autoridades de propiedad intelectual podrían fallar a favor de la empresa europea, allanando así el camino para su registro final y la consiguiente actividad comercial bajo el distintivo Frisby en el continente.
Este caso aún permanece abierto y a la espera de la decisión de los órganos de registro, manteniendo en vilo a ambas partes interesadas y marcando un episodio relevante en la defensa transnacional de marcas en el sector de la restauración.