Unos 40 empresarios de los más importantes de la Argentina, o sus abogados, participarán mañana en una audiencia por Zoom en la que formalizarán el ofrecimiento de unos ocho millones de dólares, en conjunto, a cambio de quedar afuera de la causa de los cuadernos de las coimas, donde algunos de ellos ya admitieron haber realizado pagos a funcionarios del kirchnerismo para mantener o cobrar su contratos con el Estado.
Según pudo saber LA NACION, lo que piden los empresarios, que ya tienen procesamiento firme y son convocados a juicio por el delito de cohecho, es “extinguir la acción penal” y evitar el juicio oral -que comenzará el 6 de noviembre-, a cambio de una “reparación integral” del daño producido.
La suma que ofrecieron -los que optaron por tomar ese camino- es el monto de los embargos dispuestos en cada caso ($2.015.000.000), actualizados por la asa activa del Banco Nación desde 2018 a la fecha. Sumandos, equivalen a $10.282.498.948, poco menos de ocho millones de dólares, al tipo de cambio actual.
Técnicamente, los empresarios no admitirán la responsabilidad, ni confesarán, sino que propondrán una solución alternativa del conflicto que está prevista en el Código Penal, que se aplica en algunos casos, como sucedió cuando Alberto Fernández logró evitar ser juzgado por violar la cuarentena en pandemia con el festejo de cumpleaños de Fabiola Yañez.
En este caso, los empresarios son unos 40 y fueron convocados por los jueces del tribunal oral federal 7 Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli. Hasta ahora trascendieron los montos que ofrecieron algunos empresarios:
– Armando Roberto Loson, de la empresa Grupo Albanesi, ofreció como reparación integral la suma de $181.236.691,18. Este monto se basa en el requerimiento fiscal de elevación a juicio, que estimaba entre $200.000 y $300.000 por cada uno de los diez hechos imputados (totalizando entre $2.000.000 y $3.000.000). Esa suma fue actualizada según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) por su defensa. Loson declaró ser inocente de los hechos que se le imputaron y no reconoció, al hacer su oferta, ninguna responsabilidad ni culpabilidad penal.
– Hugo Alberto Dragonetti, de la empresa constructora Panedile, ofreció la suma total de $1.421.195.500 (mil cuatrocientos veintiún millones ciento noventa y cinco mil quinientos pesos). Esta cantidad corresponde a los montos de los embargos dispuestos sobre él, actualizados por la tasa de interés activa del Banco de la Nación. Además del dinero, Dragonetti se compromete a participar en cursos y programas de formación en materia de compliance, ética empresarial y normativas aplicables.
Dragonetti dijo a la Justicia que pagó porque eran aportes para el Partido Justicialista, del que fue dirigente, y que “al igual que muchos otros empresarios, se vio obligado a cumplir con las exigencias dinerarias de Ernesto Clarens [un financista que centralizaba los contratos de obras públicas] como condición para liberar los pagos de las certificaciones ante la Dirección Nacional de Vialidad”.
– Benjamín Gabriel Romero, de EMEPA, ofreció como monto de la reparación integral la suma de $510.298.166 (quinientos diez millones doscientos noventa y ocho mil ciento sesenta y seis pesos). Esta cifra corresponde al monto embargado a Romero de $100.000.000 (al confirmar su procesamiento el 20 de diciembre de 2018), actualizado por la Tasa Activa del Banco Nación.
Romero confesó como arrepentido el pago de coimas por USD 600.000 para que el gobierno de Cristina Kirchner le renovara la concesión de la explotación de la Hidrovía. Además dijo que entregaba alrededor de un 15% de los subsidios al exsecretario de Trasporte Ricardo Jaime, y un “retorno adicional” anual de 500.000 dólares para mantener la concesión de Ferrovías, que el gobierno kirchnerista amenazó con rescindir en 2018, pero nunca lo hizo.
En esta audiencia participará la Unidad de Información Financiera (UIF), que es el organismo antilavado de dinero del Estado y que se opondrá a esta solución, según dijeron fuentes oficiales a LA NACION. También será de la partida la fiscal federal del caso Fabiana León.
La fiscalía no hizo pública su postura ante esta oferta, pero en otros casos se opuso. Fuentes de la acusación señalan que es indispensable su acuerdo para que esta propuesta sea aceptada. Sin embargo, los abogados defensores sostiene lo contrario. Entienden que en el artículo 59, inciso 6º del Código Penal no obliga al acuerdo de la fiscalía, sino que la aceptación de la reparación integral depende del tribunal.
La norma dice que la acción penal se extinguirá “por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes”. La idea es la de la justicia restaurativa.
Hay quienes interpretan que una cosa es la conciliación y otra la reparación. En la primera la víctima negocia con el imputado una suma y si está de acuerdo y la fiscalía entiende que no hay un interés público en juego, se extingue la acción.
En la segunda opción, de la reparación, las defensas entienden que no hay intervención de la víctima ni del fiscal, -solo como garante de legalidad- y que si el monto que se ofrece es equivalente al daño producido, debe ser admitido. Hay mucho por debatir en la audiencia de mañana ya que este criterio no es el que impera entre los acusadores.
Antecedente
Hay un caso reciente que ahora es traído a colación: el de Luciano Di Cesare, extitular del PAMI del kirchnerismo. Solicitó y cobró más de 1.3 millones de pesos por vacaciones no gozadas, a pesar de no tener derecho a las mismas. Fue procesado, pero para evitar el juicio acordó en una conciliación pagar al PAMI 88.131.531,86 pesos, que serán utilizados para prestaciones sociales y médicas de jubilados y pensionados. El PAMI lo admitió, pero la fiscal León se opuso y la Cámara de Casación le dio la razón.
Votaron los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, que dijeron que en los acuerdos de conciliación -reparación integral del perjuicio- es importante contar con la participación y el consentimiento de la víctima del hecho, a fin de resguardar su derecho a expresarse y ser oída (arts. 18 y 75, inc. 22, de la CN, art. 8.1 y 25 de la CADH y 14.1 del PIDCyP) y que, ante hechos ilícitos que involucren estafas contra la administración publica, resulta lógico que se requiera el consentimiento del Ministerio Público Fiscal para tener por extinguida la acción penal en los términos del inciso 6° del art. 59 del ́C.P».
Mañana, tras la audiencia, se conocerán los montos totales que ofrecen todos los acusados, la posición de la fiscalía y si el tribunal consiente o no esta decisión.