Uno de cada cinco extranjeros, 352.089, tiene autorización de residencia en España por arraigo, es decir, llegó a España de manera irregular o perdió la regularidad a lo largo de su estancia en el país y consiguió de nuevo autorización a través de esta figura extraordinaria, según se desprende de la estadística ‘Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor’ publicada por el Observatorio Permanente de la Inmigración (OPI) y recogidos por Europa Press.
Precisamente, actualmente está paralizada en el Congreso de los Diputados la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que persigue para la regularización extraordinaria de más de medio millón de extranjeros, según calculan sus organizadores, ya que no hay datos oficiales sobre la presencia de personas en situación irregular en España.
En abril del año pasado la Cámara Baja aprobó su toma en consideración y no fue hasta mayo de este año cuando el PSOE remitió un borrador de propuesta a los grupos parlamentarios con el fin de subsanar la situación de irregularidad en la que quedan los solicitantes de asilo en el Reglamento de Extranjería, aprobado en noviembre del 2024. Si bien, las negociaciones se estancaron con la llegada del verano y continúa siendo una asignatura pendiente.
Asimismo, los datos del OPI reflejan que, a fecha 30 de junio de 2025, había en España un total de 3.367.136 de personas con autorización de residencia en régimen de extranjería, un 8,89% más que las registradas en el mismo mes de 2024, cuando había 3.092.298. Una de cada cuatro tiene nacionalidad marroquí y, junto con las nacionales de Ucrania, China, Colombia y Venezuela, representan más de la mitad del total.
En el primer trimestre de 2025 el crecimiento fue de un 2,7% respecto al trimestre anterior, mientras que en el segundo ha sido de 2,2% respecto al primero. En los últimos cinco años, el crecimiento acumulado ha sido del 43,5%, significativamente mayor al experimentado por los extranjeros con certificado de registro.
La edad media de la población extranjera con autorización de residencia es de 37 años, con una ligera prevalencia de hombres (53%) sobre mujeres (47%). Sin embargo, encontramos diferencias significativas en cuanto a la edad y el sexo por nacionalidad. Entre las principales nacionalidades, son Ecuador, Perú y Bolivia las que tienen una edad media más elevada, de 43, 41 y 41 años respectivamente; y las personas de nacionalidad pakistaní y hondureña las que presentan una edad media más joven, de 33 años en ambos casos.
Asimismo, la distribución por sexo varía también considerablemente entre los países más frecuentes. Por ejemplo, en el caso de Senegal el 78% son hombres, y en el de Argelia y Pakistán, suponen alrededor del 65%, mientras que entre los nacionales de Honduras y Paraguay alrededor del 65% de las autorizaciones son de mujeres. En el resto de las nacionalidades, en general, la proporción de hombres y mujeres está equilibrada.
Respecto al motivo de concesión, el 50% (1.693.942) de las personas con una autorización de residencia del régimen de extranjería en vigor a 30 de junio de 2025 tienen una autorización de larga duración, lo que les permite residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles; un 0,6% menos que en marzo de 2025.
Por otro lado, un 47% (1.582.980) posee una autorización temporal, lo cual supone un aumento del 5,1% con respecto al trimestre anterior. El restante 3% (90.214) de las personas extranjeras en régimen de extranjería tienen una autorización de residencia por protección internacional o apatridia.
El número de personas con una autorización de residencia temporal en vigor muestra un crecimiento anual del 22,1%, mientras el de las que poseen autorizaciones de larga duración se ha reducido en un 1,8% y el de las beneficiarias de una autorización de residencia por protección internacional o apatridia han crecido un 27,2% en el último año.
RESIDENCIA TEMPORAL
Las personas con autorización de residencia temporal se distribuyen según el motivo de concesión: el 33% (556.400) tienen una autorización concedida por motivos de trabajo; el 26% (440.323) tienen una autorización por circunstancias excepcionales distintas del arraigo14; el 21% (352.089) poseen una autorización otorgada por circunstancias excepcionales por arraigo; el 8% (129.453) corresponde a reagrupación familiar y el 6% restante (104.086) a residencia no lucrativa.
Con respecto a la residencia por protección internacional o apatridia, en comparación con la misma fecha del año anterior se observa un aumento del 27,2% (19.292) del número de personas con autorizaciones concedidas por este motivo en vigor. Además, en los últimos 11 años se ha registrado un crecimiento del 1020,4% (82.162 personas más) en este grupo.
En el último año, de entre las diez principales nacionalidades, destaca el crecimiento de las autorizaciones de este tipo concedidas a malienses, con un incremento del 133,3%. Asimismo, se han reducido un 4,1% en el último año las personas de nacionalidad ucraniana con una autorización de residencia por protección internacional en vigor.
De las personas con autorización de residencia por protección internacional o apatridia, el 65% (58.653) son hombres y el 35% (31.561) mujeres; aunque hay nacionalidades con una distribución por sexo muy diferente a la del total, como Mali, donde casi la totalidad son hombres (98%), o Colombia, con el 60% de mujeres. Del total, 12.261 son menores de 16 años (15%), siendo este porcentaje mayor entre nacionales de Afganistán o Siria, de los que en torno al 30% tienen menos de 16 años.
Los datos también revelan que África es la principal región de nacionalidad de las personas extranjeras con autorización de residencia de larga duración en vigor, con una representación del 48%, seguida de Asia, con un porcentaje del 22%. Mientras, Marruecos y China son las nacionalidades con mayor número de autorizaciones concedidas por este motivo, alcanzando los dos juntos casi la mitad del total.
En cuanto a las personas extranjeras con autorización de residencia temporal, América Central y del Sur es la región de nacionalidad mayoritaria, con un 45% del total, seguida de Europa sin UE/AELC y África, con un 22% en ambas regiones. Las personas de nacionalidad ucraniana, marroquí y venezolana son las que tienen más autorizaciones de este motivo, representando las tres nacionalidades el 43% del total.
Las principales regiones de nacionalidad de las personas con una autorización de residencia por protección internacional o apatridia son África (34%) y Asia (31%). Asimismo, los colectivos con nacionalidad maliense, siria y apátrida son los que tienen más autorizaciones concedidas por este motivo, representando el 54% del total.
Por otro lado, la estadística refleja que el número de personas que poseen un documento de residencia en vigor a 30 de junio de 2025 distinto a la autorización (certificado de registro o TIE del Acuerdo de Retirada) asciende a 4.004.441. De ellas, 546.794 (14%) se benefician del régimen de Libre Circulación o del Acuerdo de Retirada por sus vínculos familiares con nacionales de países de la UE/AELC o de Reino Unido beneficiarias/os del Acuerdo de Retirada.
El número de personas en este grupo (con certificado de registro o TIE-Acuerdo de retirada) ha aumentado un 1,8% con respecto al 30 de junio de 2024. Se trata de la menor variación anual en el mes de junio de toda la serie histórica. En promedio, la edad de la población con certificado de registro o TIE-Acuerdo de Retirada es de 44 años, con una ligera predominancia de los hombres (51%) sobre las mujeres (49%).
Finalmente, expone que el número de personas con documentación de residencia en vigor a 30 de junio de 2025 es de 7.371.577, un 4,9% que un año antes.