El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó un nuevo reglamento que facilita el acceso al aplazamiento y fraccionamiento de multas ambientales, bajo condiciones más accesibles para personas y empresas sancionadas en el Perú.
La medida, publicada como Resolución del Consejo Directivo N° 00023-2025-OEFA/CD, reorganiza los requisitos de pago para quienes enfrentan sanciones, elimina la exigencia de carta fianza bancaria y digitaliza los trámites, acciones que según la versión oficial buscan optimizar la recaudación de sanciones ambientales.
OEFA baja el porcentaje de pago inicial y elimina garantía bancaria
El nuevo reglamento del OEFA limita el beneficio a las multas firmes, es decir, aquellas que no se encuentran bajo recursos impugnatorios ni en ejecución coactiva judicial, y sólo permite el uso del mecanismo a quienes no lo hayan solicitado antes para la misma deuda.
El documento impone porcentajes mínimos de cuota inicial de entre 10% y 40%, además de plazos máximos de entre 9 y 18 meses para el pago en cuotas, condiciones que varían según el monto de la sanción y el tiempo transcurrido desde la notificación. Aquellos que incumplan alguna cuota o presenten recursos administrativos pierden automáticamente el beneficio, situación que reactiva de inmediato la ejecución coactiva de la multa.
- Aplazamiento:
- Hasta 20 UIT: 10-20% de cuota inicial, hasta 2 meses de plazo.
- Más de 100 UIT: 20-40% de cuota inicial, hasta 2 meses de plazo.
- Fraccionamiento:
- Hasta 20 UIT: 10-20% de cuota inicial, hasta 9 meses de plazo.
- Más de 100 UIT: 20-40% de cuota inicial, hasta 18 meses de plazo.
- Aplazamiento y Fraccionamiento conjunto:
- Hasta 20 UIT: 10-20% de cuota inicial, hasta 2 meses de aplazamiento y 7 meses de fraccionamiento.
- Más de 100 UIT: 20-40% de cuota inicial, hasta 2 meses de aplazamiento y 16 meses de fraccionamiento.
Así, el nuevo reglamento permite que el porcentaje mínimo exigible de cuota inicial sea de 10% en los casos de multas de hasta 20 UIT cuando la solicitud se presenta en los primeros 15 días hábiles de la notificación.
Anteriormente, los porcentajes, aunque variables, solían implicar cuotas más elevadas, y según la evidencia de la propia OEFA en su exposición de motivos, la mayoría de aprobaciones se dio con cuotas cerca del 20%.
Multas ambientales firmes podrán fraccionarse: creación del SISCOA
Uno de los cambios clave es la eliminación de la carta fianza bancaria para deudas de hasta 100 UIT. Esta exigencia, según la exposición de motivos consultada por Infobae Perú, fue aplicada en un único caso entre 2020 y 2024 y resultó ser una barrera que generó mayores cargas administrativas que protecciones efectivas para el Estado.
En reemplazo, el pago íntegro de la cuota inicial dentro de los 5 días previos a la solicitud se convierte en el requisito central para acceder al fraccionamiento.
El Sistema de Control de Acreencias (SISCOA) se implementará como canal digital obligatorio y exclusivo para la gestión de los trámites, lo que implica que todos los administrados deberán utilizar casillas electrónicas para notificaciones y seguimiento.
Esta digitalización busca uniformizar la atención, reducir plazos y limitar la discrecionalidad en la presentación de documentación, aunque podría representar retos para la inclusión digital en zonas alejadas o con limitada conectividad.
OEFA suprime carta fianza y flexibiliza condiciones para deudas coactivas
La resolución también redefine el manejo de las multas en ejecución coactiva. Los datos recogidos por Infobae Perú muestran que, entre 2013 y 2024, cerca del 46% de las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento provienen de multas que ya se encontraban en ejecución coactiva.
Este fenómeno revela que una parte considerable de los administrados utiliza el mecanismo para prolongar el cumplimiento de las obligaciones e incluso para suspender el proceso de cobro.
La revisión estadística realizada por la propia OEFA mostró que, entre 2013 y 2024, cerca del 80% de las solicitudes de beneficio correspondieron a sanciones de hasta 20 UIT, y el 68,5% de las solicitudes ingresadas durante 2024 resultó aprobado.
En ese periodo, la mayor proporción de solicitudes aprobadas se dio en casos sin proceso coactivo iniciado, mientras que las denegatorias se concentraron en administrados que no cumplieron con subsanar requisitos o pagar la cuota inicial exigida.
¿Un esquema flexible para disuadir daños ambientales?
Finalmente, la pérdida del beneficio está condicionada al incumplimiento de pago o a la presentación de nuevos recursos judiciales o administrativos. Todos los pagos realizados se imputan a la deuda vigente hasta ese momento.
La autoridad sostiene que la centralización de procesos, la integración digital y la reducción de requisitos otorgan mayor eficiencia a la gestión estatal, aunque la efectividad en el cobro de multas y en el cambio de prácticas empresariales quedará sujeto a la vigilancia pública.
De esta manera, el OEFA apuesta por un régimen de mayor simplicidad que unifica porcentajes y plazos, elimina barreras documentales y se apoya en canales electrónicos.
Sin embargo, la reducción de garantías, flexibilidad en pagos y alta incidencia de casos coactivos colocan a prueba la autoridad del Estado para exigir responsabilidades ambientales reales y mantener la eficacia del sistema sancionador en favor del ambiente y la sociedad.