La denuncia presentada por la suspendida jueza Julieta Makintach para que se investigara la posible comisión de delitos de falsedad ideológica de instrumento público y ocultamiento y eventual inutilización de medios de prueba en el expediente que la tiene imputada de cohecho pasivo, violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, malversación de caudales públicos y peculado de servicios fue desestimada.
“No verificándose posibilidad alguna que los hechos denunciados, al menos hasta el momento, configuren una conducta ilícita que amerite el impulso de una investigación penal preparatoria, dispongo desestimar las presentes actuaciones”, sostuvo el fiscal Sebastián Fitipaldi, según el dictamen al que tuvo acceso LA NACION.
Con la representación del abogado Darío Saldaño, Makintach había presentado la denuncia ante el procurador general bonaerense, Julio Conte Grand.
La suspendida magistrada, que quedó bajo sospecha por su participación estelar en el documental Justicia Divina, proyecto audiovisual que pretendía contar los detalles del juicio por la muerte de Diego Maradona, debate del que la cuestionada jueza era parte, pretendía que su denuncia se tramitara fuera del Departamento Judicial de San Isidro.
Pero Conte Grand rechazó el planteo de Makintach y envió la denuncia a la Fiscalía General de San Isidro. Tras un sorteo, intervino Fitipaldi, que cumple funciones en la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) de Rincón de Milberg, en Tigre.
“Con fecha 27 de mayo pasado, se confeccionó un escrito con apariencia de acta judicial, cuyo tenor refiere a la exhibición de un video en formato de tráiler de un supuesto documental sobre el juicio [por la muerte] de Maradona, aportado por la doctora Marina Rodríguez, funcionaria del Ministerio Público, específicamente secretaria de la Defensoría de Juicio ante los Juzgados Correccionales del Departamento jJudicial San Isidro desde su teléfono celular. No se consigna marca, modelo, Imei, número de abonado, ningún dato acerca del supuesto teléfono celular en el que se alojaba el video, ni el número de origen desde el cual supuestamente se le reenvió el video, como así tampoco la hora y duración del mismo y conversaciones previas y posteriores. Dicho documento no cumple con las formalidades esenciales de un acta procesal”, había afirmado Saldaño en el escrito al que tuvo acceso LA NACION.
El letrado explicó que no hubo “cadena de custodia”, “registro técnico y disponibilidad inmediata para las partes”. Tampoco, dijo, se le tomó declaración testimonial a la funcionaria que envió el tráiler.
“Sin explicar el origen de la información, se dispuso además la citación de la doctora Pereyra, médica esteticista de Makintach, ajena al objeto procesal, medida mantenida igualmente oculta durante tres meses. La testigo niega absolutamente conocer a Rodríguez y no haber pasado el tráiler a ninguna persona, por lo que la extracción [sic] del video, resulta ilegal y la posible comisión de delitos de acción publica en el manejo de la prueba amerita la presente denuncia. Tanto el acta cuestionada como la citación a la Dra. Pereyra fueron restringidas a la vista de las partes por tres meses, en abierta violación a los principios de defensa, publicidad y contradicción”, sostuvo el representante legal de la jueza.
El fiscal Fitipaldi, al fundamentar su decisión, dijo: “No cabe duda que cualquier crítica que se le pudiera hacer a la constancia actuarial atacada, se trata de una defensa encubierta que no debe darse en el marco de un nuevo proceso, sino a todo evento sustanciarse en el marco del trámite del mismo, como bien lo ha articulado la defensa de la doctora Makintach en los planteos de la investigación principal [a cargo de los fiscales José Amallo, Carolina Asprella y Cecilia Chaieb y donde la jueza está imputada]“.