El gobernador de California, Gavin Newsom, convirtió en ley una medida que apunta a brindar alivio financiero inmediato a los dueños de casas que sufrieron daños en los devastadores incendios ocurridos en Los Ángeles en el último año. La iniciativa se enfoca en quienes mantienen hipotecas activas y atraviesan dificultades económicas tras la pérdida de sus hogares, al ofrecer pausas en los pagos sin que eso implique sanciones crediticias ni riesgo de perder la propiedad.
La nueva ley que Newsom firmó en California para apoyar a propietarios afectados por los incendios
El proyecto, identificado como Assembly Bill 238 y presentado por los legisladores Mike Harabedian y Jacqui Irwin, fue rubricado por Newsom con carácter de urgencia. La ley obliga a los prestamistas a conceder períodos de indulgencia hipotecaria de hasta 12 meses a los prestatarios que acrediten dificultades derivadas de los incendios forestales que arrasaron sectores de Los Ángeles.
En enero de este año, el estado había alcanzado un acuerdo con entidades financieras para ofrecer suspensiones de pago de al menos 90 días, según explicó la gobernación en un comunicado. Muchas de ellas, de manera voluntaria, habían extendido ese beneficio hasta un año. Sin embargo, la legislación recién firmada transforma ese compromiso en una obligación legal.
“Los propietarios que están reconstruyendo después de un desastre necesitan todo el apoyo posible, incluida la gracia frente a esta increíble dificultad”, declaró Newsom al momento de oficializar la norma. Según detalló el gobernador en su cuenta de X, la meta principal es que los damnificados no carguen con nuevas presiones financieras en medio de la tragedia.
Principales beneficios para los damnificados por los incendios, tras la ley firmada por Newsom
La nueva legislación, bautizada como Mortgage Forbearance Act, establece condiciones específicas que buscan aliviar la situación de quienes resultaron más afectados.
Entre los puntos centrales se destacan:
- Seguridad financiera: los dueños de casas que enfrentaron pérdidas por incendios obtendrán flexibilidad en sus pagos, lo que evita un colapso económico adicional mientras levantan sus viviendas.
- Recuperación garantizada: el programa les da margen para reinvertir en la reconstrucción de sus hogares y comunidades sin la sombra de una ejecución hipotecaria.
- Protección del historial crediticio: los solicitantes no verán reflejadas penalizaciones en sus reportes crediticios por acceder a esta ayuda. Tampoco afrontarán recargos por mora ni exigencias de pagos globales al término del período de indulgencia.
- Transparencia obligatoria: los prestamistas que rechacen un pedido deberán explicar las razones de manera clara, donde detallen las cláusulas que fundamentan esa negativa, y dar un plazo para que el solicitante subsane errores o entregue información faltante.
Requisitos y plazos para acceder al nuevo beneficio de California
El texto legal fija parámetros concretos para que los propietarios puedan presentar sus solicitudes. El alivio aplica exclusivamente a hipotecas residenciales de hasta cuatro unidades habitacionales que estén registradas en las zonas declaradas en emergencia.
Los puntos clave son:
- El pedido debe realizarse al administrador hipotecario dentro de los seis meses posteriores al levantamiento del estado de emergencia declarado por Newsom el 7 de enero de 2025, o como fecha límite hasta el 7 de enero de 2027.
- El solicitante debe firmar una declaración en la que asegure atravesar una dificultad económica derivada directamente de los incendios y vientos extremos ocurridos a comienzos del año.
- La primera suspensión tendrá una duración de 90 días y podrá renovarse en tramos similares, hasta un máximo de 12 meses.
- El administrador del préstamo debe responder en un plazo de diez días hábiles desde la recepción del pedido, al informar si la solicitud fue aceptada o rechazada.
Derechos de los prestatarios durante la pausa hipotecaria bajo la nueva norma de California
La norma establece un marco de protección amplio para los deudores que accedan al beneficio. Durante el período de indulgencia, los bancos y entidades financieras deberán respetar las siguientes condiciones:
- No podrán aplicar intereses punitivos ni tasas de mora adicionales.
- No podrán iniciar procesos de ejecución hipotecaria, ni judiciales ni extrajudiciales, siempre que el propietario cumpla con las reglas de la suspensión.
- Deberán reportar las cuentas como vigentes ante las agencias de crédito, salvo en los casos en que el prestatario ya figurara como moroso antes del desastre.
- Estarán obligados a informar, con 30 días de anticipación al vencimiento del primer período, cuáles son los requisitos y plazos para renovar el beneficio.
- No podrán exigir un pago único al final del plan a quienes estuvieran al día antes de acceder a la suspensión.