La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana ha requerido a la Vicepresidencia Primera del Consell y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda que remita, en el plazo de tres días, el listado de las 37 personas usuarias del servicio de teleasistencia fallecidas como consecuencia de la dana del 29 de octubre, con indicación de la localidad en que fallecieron y todos sus datos personales necesarios para su plena identificación. La petición de información se dirige igualmente a la Diputació y al Ayuntamiento de València para que aporten los datos correspondientes sus demarcaciones.
Asimismo, ha solicitado el expediente administrativo de licitación del servicio de teleasistencia, incluyendo el pliego de condiciones y contrato suscrito para su ejecución; los protocolos de actuación establecidos por cada administración y la empresa prestataria del servicio para la adopción de medidas preventivas para salvaguardar la integridad física de las personas usuarias en casos de catástrofe natural y una copia de las órdenes escritas remitidas a la empresa los días 28 y 29 de octubre para la adopción de medidas preventivas.
Igualmente les solicita, previo requerimiento a la empresa prestataria del servicio de teleasistencia, copia de los mensajes y alertas de precaución a las personas usuarias del servicio de teleasistencia, con documentación acreditativa de ello.
CONSULTA A AEMET
En el caso de la Conselleria dirigida por Susana Camarero solicita también un informe explicativo de la consulta efectuada a la Agencia estatal de Meteorología (Aemet) tras la elevación del nivel de alerta a rojo el día de la dana.
A este organismo estatal, la jueza requiere el informe sobre las consultas evacuadas por la Vicepresidencia Primera del Consell y Conselleria de Servicios Sociales los días 28 y 29 de octubre respecto de las previsiones meteorológicas, «especificando, de ser posible, las personas que efectuaron la consulta y qué personas respondieron».
Así consta en un auto, de fecha de este martes, ante la solicitud de prueba formulada por la representación de Acció Cultural del País Valencià, que había pedido, además del informe de la consulta de Servicios Sociales efectuada a Aemet tras elevar el nivel de alerta a rojo el 29 de octubre, la aportación de la grabación de la conversación telefónica mantenida y una copia de la grabación de las llamadas, entrantes y recibidas, con las 37 personas usuarias de teleasistencia que fallecieron a causa de la dana.
Sin embargo, respecto a esto último, la jueza señala que la aportación de las grabaciones de las comunicaciones ha de regirse, dada la investigación de delitos imprudentes, «por el principio de consentimiento de los intervinientes», lo que es predicable respecto de la aportación de la grabación de la conversación telefónica mantenida que se pide a la Vicepresidencia primera del Consell.
Asimismo, añade que la solicitud de prueba dirigida a la obtención de la grabación de la conversación telefónica de la consulta efectuada a Aamet, «solo procede si se identifica qué persona o personas de dicha Conselleria realizaron las consultas» los días 28 y 29 de octubre, y alguno de los intervinientes en el proceso de comunicación prestan su consentimiento.
«Las grabaciones de las conversaciones y comunicaciones telefónicas con las personas fallecidas usuarias del servicio de teleasistencia se acordarán previo consentimiento de alguno de los familiares de los fallecidos, por lo que, una vez que conste el listado de las 37 personas fallecidas usuarias del servicio de teleasistencia, se recabará consentimiento de los familiares, para que, previo requerimiento a la empresa prestataria del servicio de teleasistencia, pueda aportarse al procedimiento copia de la grabación», añade la magistrada en la resolución.
ENTRADAS A WEBS DE SAIH Y AEMET
En otro auto, la magistrada deniega la solicitud formulada por esta misma acusación popular para requerir de la Agencia de Seguridad y Emergencias (AVSRE) un informe de su departamento de informática a fin de que especificar el número de entradas o visitas desde los diferentes ordenadores de esta entidad en las direcciones IP de las webs del SAIH, AEMET, AVAMET, Puertos del Estado, ecmwf y windy, entre las 10 horas del 28 de octubre y las 10 del día después de la dana, especificando las horas.
El ministerio fiscal se opuso a la medida al señalar que «no resultaría idónea» porque la información que pudiera obtenerse «concerniría al número de accesos que se realizaron desde el conjunto de los ordenadores instalados en las dependencias de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), en el periodo de tiempo delimitado», a esas páginas webs y «no permitiría averiguar si dichos accesos se realizaron por los investigados ni, en su caso, los datos consultados a través de los referidos accesos».
Además, añadía que en la causa consta la información hidrológica y meteorológica relativa al ámbito geográfico de la provincia de Valencia que tuvo disponible o accesible el Centro de Coordinación Operativa Integrada constituido el 29 de octubre de 2024 en el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana.
La jueza ha rechazado la petición al entender que el acceso a dicha información «no resulta determinante en la investigación». «La posibilidad de consulta del SAIH por el Centro de Coordinación de Emergencias (CCE), las previsiones meteorológicas que eran públicas desde días antes y durante el mismo día, la evolución de las precipitaciones, las llamadas al 112, la información pública de los medios de comunicación, hacen innecesaria dicha medida», indica.