Ante la inminente llegada de las elecciones en la ciudad de Nueva York el 4 de noviembre de 2025, muchos migrantes se hacen la misma pregunta: ¿pueden los residentes permanentes, es decir, quienes tienen una green card, participar en los comicios? La duda no es menor, dado que en la Gran Manzana viven más de 800 mil extranjeros con este estatus legal.
Qué dice la ley sobre el derecho a votar de los migrantes en Nueva York: ¿es posible presentar la green card?
La Junta de Elecciones de la Ciudad de Nueva York detalla en sus normas oficiales que para poder registrarse como votante es necesario cumplir con requisitos precisos. Entre ellos, el más determinante es la ciudadanía estadounidense. La regla alcanza tanto a quienes nacieron en Estados Unidos como a los que obtuvieron la naturalización.
La normativa incluye además otras condiciones:
- Tener al menos 18 años el día de la elección.
- Residir en la ciudad durante al menos 30 días previos a la votación.
- No estar en proceso de cumplir una condena en prisión por un delito grave.
- No haber sido declarado mentalmente incompetente por un tribunal.
- No reclamar el derecho a votar en otro lugar fuera de Nueva York.
La misma Junta aclara que los jóvenes de 16 o 17 años pueden preinscribirse en el registro electoral y serán incorporados automáticamente una vez que cumplan 18 años. Sin embargo, este beneficio no modifica el principio fundamental que exige ser ciudadano estadounidense para ejercer el derecho al voto.
Esto significa que ni los residentes permanentes con green card ni quienes cuentan con permisos laborales pueden votar en ninguna elección, ya sea federal, estatal o local.
El intento fallido de Nueva York de ampliar el voto a portadores de green card
El debate sobre el voto de los residentes con green card no es nuevo en Nueva York. En 2021, el Concejo Municipal aprobó una norma llamada Local Law 11 que buscaba permitir la participación de inmigrantes legales en las elecciones locales, entre la que se incluyen las de alcalde, concejales y defensor público.
La medida fue impulsada durante el final de la administración de Bill de Blasio y contaba con un respaldo significativo entre organizaciones proinmigrantes. Sin embargo, nunca llegó a aplicarse.
Según informó The New York Times, la ley fue declarada inconstitucional en marzo de 2025 por la Corte de Apelaciones del estado, el máximo tribunal de Nueva York. En una decisión contundente por seis votos contra uno, los jueces resolvieron que la Constitución estatal establece la ciudadanía como condición indispensable para votar.
El fallo, redactado por el juez principal Rowan D. Wilson, sostuvo que “el derecho al sufragio se extiende únicamente a los ciudadanos cuya elegibilidad se prueba conforme a la ley”.
La resolución puso fin a una larga disputa judicial. En 2022, un tribunal inferior había invalidado la iniciativa al entender que una modificación de ese alcance debía aprobarse mediante un referéndum estatal. La Corte de Apelaciones confirmó ese razonamiento y subrayó que cualquier cambio en los requisitos para votar solo puede hacerse a través de una reforma constitucional.
No todos los jueces coincidieron. En su voto disidente, la magistrada Jenny Rivera señaló que Local Law 11 ofrecía “una oportunidad para que una parte significativa de la población de la ciudad tuviera voz en su gobierno”. Además, argumentó que la Constitución autoriza la autogestión municipal y que el cambio podría haberse sometido a consulta popular.
Cómo registrarse para votar en Nueva York
El proceso para registrarse incluye opciones tanto presenciales como digitales. Los votantes pueden hacerlo a través del portal de la Junta o mediante el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés), siempre que posean una identificación válida emitida por el estado. También es posible enviar la solicitud por correo o entregarla en persona en una de las oficinas ubicadas en los cinco condados. En todos los casos, la fecha límite para registrarse vence diez días antes de la elección.
El mantenimiento del registro también está regulado. Si una persona cambia su domicilio, debe notificarlo dentro de los 15 días para conservar su derecho al voto. En caso contrario, podría ser trasladada a la lista de votantes inactivos. Además, los tribunales y organismos estatales informan periódicamente a la Junta sobre cambios en la situación de los votantes, como condenas por delitos graves o incapacidades legales.