Sturzenegger cargó contra Sadaic por querer volver a cobrar por la música en fiestas y casamientos

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, apuntó este domingo contra la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (Sadaic), a la que acusó de intentar volver a cobrar por pasar música en eventos privados. Por ello, reivindicó el Decreto 765/24, que redefinió el concepto de “ejecución pública”, estableciendo que solo se aplica a espacios de acceso libre y público y no a salones de fiesta, hoteles, bares y restaurantes.

En ese sentido, cargó contra la entidad por intentar vía judicial “en el Contencioso Administrativo No. 7, hoy subrogado por el juez Enrique Lavié Pico, recuperar su privilegio de cobrarle por sus fiestas privadas a decenas de miles de familias a quienes la ley indica claramente que no deben pagar”.

“Es otro intento de la casta para mantener sus privilegios de décadas que garpabas vos y que solo el presidente @JMilei tuvo la voluntad de enfrentar y eliminar”, sostuvo el funcionario en su cuenta de X.

La normativa que dispuso el Gobierno en agosto pasado considera representación o ejecución pública “aquella que se efectúe -cualquiera que fueren los fines de la misma- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”. De esta manera, para la ley el ámbito privado queda excluido.

En esa línea, Sturzenegger resaltó: “La distinción que Sadaic no quiere (ni le conviene) entender es que los derechos de reproducción pública se deban pagar cuando la reproducción es …. ehh… ¡pública!”.

Decreto 765/24

Para seguir con su argumento, el ministro reivindicó el Decreto 765/24, que considera las nuevas formas de consumo y reproducción de la música con las plataformas de streaming y los diversos equipos portátiles que no existían en los años 30 cuando la reglamentación de la ley de propiedad intelectual “definió a toda reproducción fuera del hogar como pública”.

“Con ese criterio, quien escuchara música en Spotify fuera de su casa debería pagar por reproducción pública. O cuando alguien se junta con amigos en la playa o en un parque a escuchar música, según esa definición, también debería pagar derechos por reproducción pública. Impracticable, pero también ilógico. Porque es evidente que la reproducción es privada y por ende ya se pagaron los derechos para la reproducción privada en la suscripción a Spotify o cuando se compra un CD, digamos. Claro, en los años 30 no había Spotify ni equipos portátiles de reproducción de sonido”, remarcó.

La nueva normativa tuvo un impacto positivo en el sector

Y añadió: “Entonces mientras el uso de música en un restaurant o en un comercio encuadra en la situación de reproducción pública, no es el caso cuando escucho con mis auris en el bondi usando mi suscripción de Spotify, cuando me junto con amigos a escuchar música en algún lugar público o cuando alguien pone música en el sum de un edificio. Tampoco cuando alguien alquila un local para hacer una fiesta con sus amigos. En ninguno de estos casos hay reproducción pública y por ende no hay nada que pagar de derechos por ese concepto”.

A su parecer, con la suscripción a los servicios de streaming y la compra de música para uso propio ya se está pagando los derechos autorales para esa reproducción privada.

Además, el ministro dijo que Sadaic apunta contra los salones de fiestas “porque ahí sí, previo al 765/24, podía apretar a los locales para que pagaran (si hubiera puesto inspectores en los parques para cobrar a los que andan con música por ahí, creo que la sanidad mental y la integridad física de esos inspectores hubiera quedado seriamente comprometidas)“.

“Era un ejemplo más de ese cazar en el zoológico con el cual nos han vejado a los argentinos gobierno y corporaciones por décadas. Pero cuando no hay reproducción pública no hay nada que pagar”, insistió Sturzenegger.

En el cierre del tweet, el ministro volvió a defender la reforma de la ley de propiedad intelectual por parte gobierno, que, según él, “terminó un abuso de 50 años a decenas de miles de familias de todos los estamentos sociales”.

La visión de Sadaic

Por su parte, la entidad sostiene que los salones de fiesta “ejercen una actividad comercial, como tal, lucrativa, y deben remunerar a los titulares de derechos”.

“Nadie puede beneficiarse con el uso gratuito de una obra intelectual, ya que es violatorio del derecho de propiedad intelectual que reconoce el artículo 17 de la Constitución Nacional”, escribió Sadaic el viernes en X.

“Esta actitud constituye un atropello y un abuso de poder. SADAIC seguirá reclamando por la plena defensa de los derechos de los autores y compositores”, concluyó.

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