El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) confirmó que un gran número de extranjeros con permiso humanitario pueden solicitar la renovación de su estatus, conocido también como “re-parole”. Este proceso está disponible para ciertos grupos y requiere la presentación del Formulario I-131, junto con evidencia que justifique la necesidad de extender la estadía en el país norteamericano.
Quiénes pueden pedir la renovación del parole en Estados Unidos
El permiso de permanencia temporal caduca cuando termina el período autorizado, cuando el beneficiario abandona Estados Unidos o si el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) decide cancelarlo. En los casos donde la persona necesite permanecer en ese país, puede solicitar una renovación o “re-parole”, según explica el portal de Uscis.

Para renovar, el peticionario debe completar nuevamente el Formulario I-131, marcar la casilla correspondiente a la renovación, incluir el pago de tarifas o la solicitud de exención (Formulario I-912) y adjuntar evidencia que justifique la extensión. El trámite también puede presentarse en línea para los mismos programas humanitarios que permiten solicitudes iniciales electrónicas.
El Uscis recomienda enviar la solicitud antes de que expire el permiso actual, para poder dar tiempo suficiente al procesamiento y evitar caer en estatus ilegal. Además, los solicitantes pueden completar el Formulario G-1145 para recibir notificaciones por correo electrónico o mensaje de texto cuando su solicitud haya sido aceptada.
Entre los casos más frecuentes de renovación se encuentran los de afganos y ucranianos que ingresaron bajo permisos humanitarios especiales, así como los beneficiarios de los programas de reunificación familiar o menores centroamericanos.
Parole: qué es el permiso de permanencia temporal en EE.UU.
El permiso de permanencia temporal, conocido como parole, es una autorización discrecional que otorga el Uscis a extranjeros que, de otra manera, serían inadmisibles o no elegibles para ingresar a Estados Unidos. Así se les permite entrar y permanecer en el territorio por un tiempo limitado cuando existen motivos humanitarios urgentes o un beneficio público relevante.

De acuerdo con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (sección 212(d)(5)), el secretario de Seguridad Nacional tiene la facultad de otorgar esta autorización a personas que acrediten circunstancias excepcionales.
Sin embargo, recibir parole no implica una admisión formal al territorio estadounidense, así como tampoco reemplaza los procesos consulares ni las solicitudes de visa regulares.
El permiso suele concederse por un período de hasta un año, aunque puede ser más largo según el propósito. En casos específicos, puede incluir condiciones adicionales, como la obligación de reportarse ante las autoridades o demostrar que cuenta con medios de sustento durante su estancia. Si las condiciones dejan de cumplirse o el propósito del permiso ya no existe, el Uscis puede revocarlo.
Cómo solicitar un permiso humanitario en Estados Unidos
El proceso para pedir un permiso humanitario o de beneficio público significativo requiere completar el Formulario I-131, denominado Solicitud de Documentos de Viaje. Este documento puede presentarse tanto de manera física como en línea, a través de una cuenta en el portal my.Uscis.gov, la cual permite recibir actualizaciones, subir evidencia adicional y gestionar los trámites directamente.

Los solicitantes pueden presentar la petición por sí mismos o a través de un peticionario, que puede ser una persona o una entidad que actúe en su nombre. En todos los casos, el Uscis recomienda incluir evidencia sólida que respalde las razones humanitarias o de interés público que motivan la solicitud.
Entre los requisitos más importantes figura contar con una persona de apoyo financiero en Estados Unidos. Este patrocinador debe completar el Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico, para demostrar que el beneficiario tendrá medios de sustento durante su estancia. La agencia aclara que la falta de un patrocinio económico suficiente puede ser motivo de denegación.
En algunos casos, el beneficiario puede acreditar su autosuficiencia mediante documentos financieros propios o con el respaldo de una organización sin fines de lucro o institución médica, que se comprometa a cubrir sus gastos mientras dure el permiso.
