El Gobierno habilitó la compra de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional

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La Resolución 37/2025 establece un nuevo régimen de permisos especiales bajo control del RENAR.

Mediante la Resolución 37/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional para particulares registrados y entidades de tiro habilitadas. La medida reemplaza la prohibición previa por un sistema de autorización con requisitos estrictos y fiscalización reforzada.

La nueva normativa implica un cambio profundo en el régimen de control de este tipo de armas, que ahora queda bajo la órbita exclusiva del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.

¿Qué armas se podrán adquirir?

A partir de esta reforma, podrán solicitar autorización para adquirir y poseer:

  • Fusiles, carabinas o subametralladoras semiautomáticas
  • Alimentadas con cargadores de quita y pon
  • Derivadas de modelos militares
  • De calibre superior al .22 LR

¿Quiénes pueden acceder?

  • Legítimos usuarios de armas de uso civil condicional (con licencia vigente)
  • Entidades de tiro (clubes o asociaciones habilitadas)

Requisitos para obtener el permiso

El acceso al nuevo régimen exige cumplir con las siguientes condiciones:

  • Identificación precisa del arma: tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie
  • Sector de guarda tipo G2: sistema de almacenamiento seguro aprobado
  • Declaración jurada: justificación de la solicitud con documentación probatoria y fotos del arma
  • Pago de tasas: similares a las de la “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM)
  • Usos deportivos probados:
    • Certificación de entidad de tiro con instalaciones propias
    • Representación en certámenes nacionales o internacionales
    • Solicitud institucional para uso en disciplinas deportivas o fines didácticos certificados
  • No tener antecedentes sancionatorios ni trámites pendientes ante el RENAR
  • Antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario
  • Elementos probatorios adicionales: el RENAR podrá requerir documentación complementaria

Este nuevo régimen busca compatibilizar el uso deportivo y recreativo de armas semiautomáticas con altos estándares de seguridad y control estatal, en un contexto de revisión normativa sobre la tenencia responsable.

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