Aumenta un 46,2% las solicitudes de residencia y trabajo en España tras el nuevo Reglamento de Extranjería, con 724.000

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Las solicitudes para residir y trabajar en España han pasado de 495.000 en el período comprendido entre el 1 de enero y el 20 de mayo, fecha de entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, a 724.000 desde entonces hasta el 31 de octubre. Esto supone una subida del 46,2%.

Así lo ha informado este viernes el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con motivo del año de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nuevo Reglamento de Extranjería, el pasado el 20 de noviembre de 2024, un día después de su aprobación por parte del Consejo de Ministros. Si bien, la entreda vigor se produjo seis meses después, el 20 de mayo de 2025.

El nuevo Reglamento de Extranjería establece cinco figuras de arraigo, definiendo y creando nuevas categorías: segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. Además de esta configuración, reduce y homogeneiza el tiempo de permanencia continuada en España exigido para todos los tipos de arraigo, pasando de tres años a dos, excepto para el arraigo familiar que no presenta este requisito.

También aplica unos requisitos de renovación mucho más flexibles a los de la autorización inicial y a los que se daban hasta ahora. De este modo, la renovación permite a los solicitantes residir y trabajar durante cuatro años más.

Así, durante el período comprendido entre el 20 de mayo y el 31 de octubre, 95.000 personas han visto regularizado su situación por alguna de estas vías de arraigo, según el departamento que dirige Elma Saiz.

El nueo Reglamento también crea una nueva autorización de residencia para familiares de personas con nacionalidad española, que viene a sustituir la relativa al arraigo familiar que recogía el anterior reglamento.

Entre otros, ha ampliado los vínculos familiares que permiten acceder a esta autorización incluyendo a los hijos e hijas hasta los 26 años, mientras que la normativa anterior sólo permitía hasta los 21 años. Además, ha incluido a la pareja estable con la que se mantiene una relación análoga a la conyugal al nivel del cónyuge o pareja de hecho, y a otros familiares a cargo en el país de origen como primos hermanos, por ejemplo. La norma también ha eliminado la exigencia de acreditar medios económicos (salvo en familiares a cargo) ni seguro de asistencia médica.

ARRAIGO FAMILIAR

Desde el inicio de 2025, hasta la entrada en vigor del nuevo reglamento, se han presentado 58.000 solicitudes de arraigo familiar. Posteriormente, entre mayo y octubre de 2025, una vez en vigor el nuevo Reloex, el número de solicitudes de la nueva autorización de residencia para familiares de personas de nacionalidad española han alcanzado la cifra de 102.000 (+74,5%).

Por otro lado, para estudios superiores la norma concede una autorización que permanece vigente el mismo tiempo de duración de los estudios, lo que se traduce en que si, por ejemplo, el estudiante va a cursar estudios de grado, su autorización se mantendrá en vigor durante cuatro años.

Igualmente, introduce la posibilidad de que esa autorización comience un mes antes del inicio de las clases y se extienda quince días más después de su finalización, permitiendo a los estudiantes disponer de cierto margen para organizar su vida en España y el tiempo suficiente para poder volver con comodidad a su país.

En la misma línea de flexibilización, el visado para estudiantes ha pasado a tener una vigencia igual que su autorización (con el máximo de un año por normativa comunitaria). Hasta la aprobación del nuevo reglamento nuevo Reglamento de Extranjería permite que los estudiantes que aún no tienen la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) puedan viajar a su país en períodos vacacionales sin solicitar una autorización de regreso, puesto que el visado se mantiene en vigor.

SOLICITUDES DE ESTANCIA POR ESTUDIOS

En el año 2025, hasta el 20 de mayo se presentaron más de 32.000 solicitudes de autorización de estancia por estudios, mientras que desde esa fecha hasta el 31 de octubre se han presentado 93.000. En este caso, la comparativa responde sobre todo al hecho de que las matrículas se realizan, mayoritariamente, entre los meses de junio y septiembre.

El nuevo Reglamento permite trabajar por cuenta ajena como actividad principal y compaginarlo con un empleo por cuenta propia para flexibilizar la compatibilidad del ejercicio de la actividad laboral. También la norma regula los motivos del cambio de empleador y prevé que se pueda cambiar de empleador a partir de los tres meses voluntariamente.

El nuevo Reglamento de Extranjería también ha incorporado cambios para la autorización de residencia y trabajo en actividades de temporada que ahora ofrece cuatro años de vigencia, permitiendo trabajar un período máximo de nueve meses por año, alineándose de ese modo con la Directiva de Temporeros.

El nuevo Reglamento de Extranjería también ha mejorado la planificación y gestión de la migración circular colectiva de contrataciones en origen, simplificando los procedimientos y reforzando los derechos y garantías de las personas trabajadoras.

Finalmente, respecto a los menores, la autorización de residencia temporal del menor extranjero acompañado nacido en España tiene una vigencia de cinco años desde la fecha de resolución, transcurridos los cuales se podrá solicitar la residencia de larga duración.

Además, la autorización de los menores no estaría vinculada al tipo de autorización que ostenten sus progenitores, evitando que se encuentren en situación irregular como consecuencia de que sus progenitores hayan caído en dicha situación.

ONG «PREOCUPADAS» POR SOLICITANTES DE ASILO

A pesar de las flexibilización del sistema, las organizaciones de defensa de migrantes (Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y Servicio Jesuita a Migrantes) presentaron en enero un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el nuevo Reglamento de Extranjería. En él, advierten de que la reforma impide que el tiempo que los solicitantes de asilo pasan en España de forma legal, esperando una respuesta a su solicitud, pueda usarse para solicitar el permiso de residencia en caso de que la resolución de protección internacion sea negativa.

Con el objetivo de subsanar las lagunas que dejaba el nuevo Reglamento de Extranjería al empujar a la irregularidad a los solicitantes de asilo, el Gobierno, a través de la secretaria de Estado de Migraciones, Pilar Cancela, intentó acelerar en mayo la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para regularizar de forma extraordinaria a más de medio millón de extranjeros.

Aunque el Ejecutivo mantuvo conversaciones en el Congreso con los grupos parlamentarios para intentar sacar adelante la iniciativa, estos encuentros terminaron con la llegada del verano y, desde entonces, la ILP está estancada en la Cámara Baja.

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