El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) establece los lineamientos a seguir para que un extranjero se convierta en ciudadano estadounidense por naturalización. Entre las reglas existe la de los tres meses, que de no cumplirse puede afectar la aprobación de la solicitud.
Ciudadanía americana: así funciona la regla de los 3 meses del Uscis
De acuerdo con el Manual de Políticas de la dependencia, la persona que pida la ciudadanía “debe demostrar que ha residido en el estado o distrito de servicio con jurisdicción sobre la solicitud durante tres meses” antes de presentar el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización.

En general, el procedimiento requiere de presentar una solicitud ante el estado o distrito de servicios que tenga jurisdicción sobre el lugar de residencia del peticionario. La regla se refiere a que el solicitante debe haber residido en dicho lugar durante al menos tres meses antes de iniciar el trámite.
El Uscis señala que:
- El término “estado” incluye el Distrito de Columbia, Puerto Rico, Guam, las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
- Mientras que “distrito de servicio” se define como el área geográfica sobre la cual una oficina de la agencia tiene jurisdicción.
Por tanto, el distrito de servicio con jurisdicción sobre la solicitud puede o no estar ubicado dentro del estado donde reside el peticionario. Además, algunos distritos de servicio pueden tener jurisdicción sobre más de una entidad y la mayoría de los estados cuentan con más de una oficina del Uscis.

La agencia también advierte que en los casos en que un solicitante cambie o planee modificar su residencia después de poner en marcha el proceso de naturalización, está obligado a informar del cambio de domicilio para que su expediente A (con la solicitud) pueda ser transferido a la oficina correspondiente.
Requisito de presencia física: indispensable para la aprobación de la ciudadanía
Además de la regla de los tres meses, se exige a los solicitantes de naturalización que hayan estado físicamente presentes en Estados Unidos durante al menos la mitad del tiempo requerido para su residencia continua.
Es así que deben estar en el país durante al menos 30 meses (913 días) antes de presentar la solicitud.
“La presencia física se refiere al número de días que el solicitante debe estar físicamente presente en Estados Unidos durante el período legal hasta la fecha de presentación de la solicitud”, explica el organismo.
El solicitante debe demostrar que cumple con el requisito mediante documentación. Además, el Uscis revisará todos los registros pertinentes para determinar que se cumplió con el período y tomará en cuenta el testimonio del beneficiario.
Guía de naturalización: la regla sobre la residencia continua
Otra de las reglas a seguir, indispensable para obtener la ciudadanía, tiene que ver con la residencia continúa. Esto se refiere a que el peticionario debe haber vivido de forma ininterrumpida en EE.UU. después de su admisión como residente permanente durante al menos cinco años antes de presentar la solicitud y hasta el momento de la naturalización.

El concepto de residencia continua implica que el solicitante mantenga una vivienda permanente en EE.UU. durante el período de tiempo requerido por la ley.
De acuerdo con el Uscis, determinadas categorías de solicitantes pueden ser elegibles para un período reducido del requisito o para una exención total. Estas clases de solicitantes incluyen a ciertos miembros militares y a ciertos cónyuges de ciudadanos estadounidenses.
El solicitante debe demostrar, mediante testimonio y documentación, el mantenimiento efectivo de su vivienda principal en Estados Unidos. Al igual que en el caso de la presencia física, la agencia revisará registros.
Caba destacar que los requisitos de “residencia continua” y “presencia física” están interrelacionados, pero son distintos. Ambos deben cumplirse (salvo que se especifique lo contrario) y son indispensables para que el solicitante pueda optar a la naturalización.
