A pesar que Daniel Briceño dice no tener inhabilidad para las elecciones del 2026 la exfiscal Angélica Monsalve dijo lo contrario: “Se va a quedar con las ganas”

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La exfiscal Angélica Monsalve cuestionó la candidatura de Daniel Briceño a la Cámara por Bogotá, señalando que no cumple los requisitos constitucionales para postularse debido a la coincidencia de periodos en sus cargos - crédito @alazamo123 y  @Danielbricen

El concejal Daniel Briceño, que busca un escaño en la Cámara de Representantes por Bogotá en los comicios legislativos de 2026, respondió al trámite presentado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) que cuestiona la viabilidad legal de su candidatura.

En diálogo con la revista Semana y a través de sus perfiles en redes sociales, Briceño expuso los argumentos legales que respaldan su posición de que no existe impedimento para postularse al Congreso.

Aunque Daniel Briceño sostiene que no enfrenta ninguna restricción para ser candidato en las elecciones de 2026, la exfiscal Angélica Monsalve expresó una opinión distinta en su cuenta de X.

Monsalve escribió: “Se va a quedar con las ganas”.

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En su publicación, la exfiscal manifestó su desacuerdo con la aspiración del concejal y cuestionar la compatibilidad de su postulación con el periodo en curso de su actual cargo.

En su mensaje, Monsalve criticó lo que considera un exceso de ambición y puso en duda la legalidad de que Briceño busque un nuevo escaño tras haber sido recientemente elegido.

“El concejalito @Danielbricen se quedará con las ganas de ser congresista. ¿Se puede ser más goloso que el? Pretende ser elegido congresista cuando acaba de ser electo concejal, y ambos periodos coinciden en el tiempo”, escribió Monsalve en su publicación.

Desde su perspectiva, Angélica Monsalve insistió en que la inhabilidad de Daniel Briceño tiene fundamento constitucional.

A través de X, argumentó que la prohibición para postularse emana del numeral ocho del artículo 179 de la Constitución, que exige la renuncia al cargo actual al menos doce meses antes de las elecciones al Congreso, condición que, según ella, Briceño no cumple.

Monsalve recalcó además que los periodos de los dos cargos se superponen, por lo que, en su interpretación, la norma resulta aplicable al caso del concejal.

“La prohibición es CONSTITUCIONAL: #8 del artículo 179. Para no quedar inhábil, debía renunciar 12 meses antes de las elecciones al Congreso.Pero claro… esos detalles no salen en SECOP.Recordemos:• Daniel Briceño fue elegido concejal de Bogotá para el periodo 2024–2027.• Los congresistas elegidos en 2026 ejercerán 2026–2030.Las cuentas no le dan. Y la Constitución tampoco», opinó.

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