
El Grupo Popular ha registrado en el Congreso una enmienda parcial al proyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, para introducir un nuevo artículo 173 bis y castigar con hasta tres años de cárcel la difusión, sin consentimiento y con ánimo de menoscabar «gravemente» la integridad moral, de imágenes o audios manipulados (‘deepfakes’) con contenido sexual o gravemente «vejatorio» cuando la víctima sea menor o una persona con discapacidad.
Así lo indican los ‘populares’ en el texto, recogido por Europa Press. El PP también propone un nuevo redactado del artículo 143 bis para castigar a quien, mediante tecnologías de la información, incite al suicidio de menores o personas con discapacidad, con penas de 2 a 4 años de prisión y retirada/bloqueo de los contenidos.
En la misma línea, modifica el artículo 156 ter para castigar la difusión de contenidos que inciten a retos virales que supongan grave riesgo para la salud o integridad física de aquellos o de terceros, será castigado con la pena de multa de 6 a 12 meses o pena de prisión de 1 a 3 años.
En cuanto al acceso a las redes sociales, quieren que el Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, regule los mecanismos necesarios para impedir el acceso a redes sociales a los menores de 14 años mediante la implementación de sistemas eficaces de verificación de edad. «Los menores de entre 14 y 16 años podrán acceder a las redes sociales únicamente con el consentimiento expreso y verificable de sus progenitores, tutores o representantes legales», añade el PP.
En esta enmienda, el PP defiende incluir mecanismos en las redes sociales que permitan establecer «un horario de descanso digital» para los menores de 16 años, en horario entre las 22.00 y las 08.00 horas, durante el cual las redes sociales no podrán ser accesibles por los menores.
Del mismo modo, los ‘populares’ defienden la prohibición de acceso o de comunicación a través de redes sociales, foros o plataformas virtuales cuando tengan relación directa con el delito cometido.
SISTEMA UNIFICADO DE ETIQUETADO
En otra de las enmiendas registradas, el PP quiere que la autoridad nacional de supervisión y coordinación en materia de protección digital de los menores desarrolle «un sistema unificado de etiquetado, con descriptores de contenidos y clasificación por edades, adaptado a la naturaleza de los distintos servicios y medios digitales».
Según el Grupo Popular, este sistema deberá identificar especialmente, tanto de forma visual como con metadatos, por franjas de edad, contenidos pornográficos, de naturaleza sexual, de violencia gratuita o que inciten a la autolesión o al suicidio. Asimismo, se incluirá el etiquetado claro de los contenidos publicitarios difundidos a través de plataformas digitales y prestadores de servicios en línea.
Entre las enmiendas registradas por el PP se halla una para que las plataformas de entornos digitales «sensibles» incorporen mecanismos tecnológicos orientados a la detección temprana de comportamientos potencialmente ilícitos o inadecuados, como «el acoso sexual, la manipulación emocional o la captación con fines de explotación, incluyendo el grooming». Establecerán un canal de denuncia «inmediata» ante la detección de conductas sospechosas o ilícitas.
Las plataformas también deberán implementar el uso de sistemas de detección temprana, eliminación de contenidos y colaboración con la autoridad nacional de supervisión y coordinación en materia de protección digital de los menores, para «identificar a los promotores de retos virales que puedan poner en riesgo la salud o integridad del menor y prevenir o interrumpir su difusión». Se desarrollará reglamentariamente un régimen sancionador específico para quienes elaboren, difundan o incentiven los retos.
El PP también quiere modificar la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para que pueda ejercer «todo tipo de acciones civiles y ante la jurisdicción contencioso-administrativa contra titulares de plataformas y prestadores de servicios que, por acción u omisión, lesionen los derechos fundamentales de los menores».
SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN
Por otro lado, aboga por atribuir a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la condición de «Autoridad Nacional de Supervisión y Coordinación en materia de protección digital de los menores», mediante la ampliación de sus competencias en calidad de Coordinadora de Servicios Digitales conforme al Reglamento (UE) 2022/2065, de Servicios Digitales. En el plazo de seis meses se desarrollarán reglamentariamente las competencias de esta autoridad para el cumplimiento de las medidas recogidas en la ley.
La ley prevé la creación de una Estrategia Nacional sobre la protección de la infancia y la adolescencia en el entorno digital. En este sentido, el PP quiere que en la Comisión de evaluación y seguimiento estén los departamentos competentes del Gobierno, así como «del Consejo General del Poder Judicial, de la Fiscalía General del Estado, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, del INCIBE, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la Agencia Española de Protección de Datos».
Los ‘populares’ han registrado una enmienda por la que suprimen el artículo 4 referido a las obligaciones de los fabricantes de equipos terminales digitales con conexión a internet y la disposición final sexta relativa al tratamiento de los datos personales de los menores de edad.
En cambio, el PP añade una disposición adicional nueva: «Con la finalidad de hacer efectivas las previsiones contenidas en esta Ley por parte de las Administraciones educativas, la Administración General del Estado establecerá un marco de financiación adecuado y suficiente».
