
La decisión de Canacol Energy de acogerse al régimen de insolvencia en Canadá bajo la Companies’ Creditors Arrangement Act (CCAA) marca un punto de inflexión para la compañía y el sector energético colombiano.
El proceso judicial transfronterizo afecta de forma directa tanto la estructura financiera de la empresa como las reglas del juego para sus acreedores en Colombia y otros países donde mantiene operaciones.
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La solicitud presentada por Canacol Energy a la Superintendencia de Sociedades para el reconocimiento en Colombia del procedimiento iniciado en Canadá surge tras una coyuntura de deterioro financiero. Según fuentes del sector, la empresa enfrenta pasivos consolidados cercanos a 900 millones de dólares, producto de presiones de flujo de caja, reducción de ingresos y el impacto de una condena arbitral significativa. Este volumen de deuda evidencia un modelo altamente apalancado que resultó inviable frente a la volatilidad de precios y el aumento de costos en el segmento gasífero.

En diálogo con Infobae Colombia, Fernando Bustos, especialista en insolvencia y recuperación empresarial, aportó una perspectiva técnica sobre la magnitud del caso: “Una insolvencia transfronteriza de este tamaño activa riesgos contractuales, financieros y reputacionales para el entorno de negocios. Los acreedores deben entender que el centro de gravedad de esta discusión dejó de estar en Colombia”.
La reorganización en Canadá implica que muchos acreedores, proveedores y asociaciones empresariales locales verán transformados sus mecanismos habituales de cobro y defensa de créditos.
El marco legal de la CCAA permite a Canacol Energy suspender temporalmente iniciativas de cobro, pausando embargos, ejecuciones y demandas de recuperación de cartera.
Si la Superintendencia de Sociedades reconoce formalmente el proceso iniciado en Canadá, dichas suspensiones tendrán efecto en el territorio colombiano, alcanzando a unidos financieros, proveedores de servicios, trabajadores, entidades fiscales y otras contrapartes contractuales.

Uno de los efectos inmediatos más visibles será la suspensión de pagos. Las deudas que la empresa mantiene en Colombia —ya sea con bancos, trabajadores o el Estado— quedarán congeladas mientras avanza la reorganización. Paralelamente, las demandas de cobro y los procesos judiciales en curso quedarán en suspenso, eliminando la ventaja del acreedor que logre reaccionar más rápido. El pago de créditos pasará a regirse por un sistema de prelación legal, estableciendo un orden colectivo y técnico sobre las expectativas de reembolso.
La reorganización implica además la posibilidad de renegociar o extinguir contratos bajo supervisión de las autoridades judiciales canadienses y, eventualmente, colombianas. Esto puede impactar a proveedores de insumos, logística, transporte y arrendamientos, quienes enfrentarán presión adicional sobre su liquidez. Bustos advierte: “Cuando una empresa de gran tamaño entra en insolvencia, afecta a cientos o incluso miles de acreedores, muchos de ellos pymes, que atraviesan grandes dificultades para absorber los impactos”. Los efectos en cadena podrían repercutir en la estabilidad de pequeñas y medianas empresas que dependen en alto grado de la operatividad de Canacol Energy.

De cara al futuro, la situación exige una respuesta activa de los acreedores. Para Fernando Bustos, no basta con adoptar una actitud expectante: “Los acreedores deben asumir que están en un proceso donde se definirá la suerte de sus créditos y actuar en consecuencia; la falta de preparación se traduce en pérdida de valor”. Entre las acciones recomendadas, se mencionan la documentación adecuada de créditos, la búsqueda de asesoría especializada, la participación activa en el proceso y la posibilidad de conformar comités o agrupaciones que incrementen el poder de negociación colectivo.
El inicio del proceso de insolvencia no implica el cese inmediato de las relaciones comerciales. Bustos indica que evaluar la viabilidad de mantener vínculos comerciales con Canacol Energy —aun en proceso de reorganización— puede representar una oportunidad; quien continúe abasteciendo productos o servicios a la empresa debe recibir pagos puntuales bajo la supervisión judicial correspondiente.
El caso constituye un precedente para el mercado colombiano ante la creciente incidencia de insolvencias transfronterizas. La articulación entre procedimientos extranjeros y la supervisión local obliga a los actores económicos a rediseñar estrategias y anticipar escenarios de negociación bajo nuevas lógicas colectivas. Bustos concluye que adaptarse a estos esquemas es esencial para preservar el valor y proteger derechos de crédito en un contexto empresarial, dinámico y globalizado.
