Un momento tenso se vivió al final de la audiencia donde se evaluó la apelación de Perú Primero contra la resolución que sacó de carrera a Mario Vizcarra. El tema en controversia fue la facultad del pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de hacer control difuso.
Durante su exposición, el abogado de Perú Primero, Alejandro Salas, indicó que “el control difuso es una potestad» que tiene el JNE para inaplicar una ley inconstitucional. Esto como parte de su argumento para que no se aplique el impedimento establecido en la Ley 30717, que impide la postulación de personas condenadas por delitos de corrupción aunque estén rehabilitadas.
Luego, el abogado John Trinidad, quien defiende una de las tachas contra Vizcarra, dijo que los tribunales administrativos no pueden hacer control difuso, según el Tribunal Constitucional. Indicó que solo el Poder Judicial o el propio TC tienen esa facultad.
Al final de la audiencia, el presidente del tribunal electoral, Roberto Burneo, se tomó un minuto para responderle al abogado y dejarle en claro que el JNE no es un tribunal administrativo, sino uno jurisdiccional, que imparte justicia en materia electoral.

“Lo único que aclararle al doctor Trinidad, por temas estrictamente docentes, que la administración especializada en materia electoral es jurisdiccional, no es administrativa. Tanto la de primera instancia de los jurados electorales especiales como la del pleno del Jurado Nacional de Elecciones”, dijo Burneo.
Y agregó: “Esto es para evitar algún argumento de desinformación que debilite la justicia electoral y la especialidad en el tema. Les pediría a los demás abogados que este tipo de comentarios sean proscritos porque demuestran una falta de conocimiento del derecho electoral, específicamente”.
El caso Mario Vizcarra
El JNE dejó al voto la apelación presentada por Perú Primero para revertir la tacha que impide la postulación presidencial de Mario Vizcarra, hermano del exmandatario Martín Vizcarra, condenado por corrupción.
Durante la exposición, el representante legal de Perú Primero, el exministro Alejandro Salas, subrayó que existen “hasta 8 sentencias” del TC que establecen que la inhabilitación por corrupción viola el marco constitucional. Además, resaltó que el JNE está investido del poder de inaplicar una norma si es “manifiestamente inconstitucional”.

Por parte de los tachantes, el candidato Luis Miguel Caya defendió la aplicación estricta de la Ley 30717, indicando que “la ley no deja márgenes de interpretación, no admite excepciones”. Caya sostuvo que las sentencias de amparo del TC tienen efectos individuales, no generales, y que no obligan al JNE a inaplicar la norma vigente.
Además, cuestionó si la rehabilitación de Mario Vizcarra ha sido confirmada y respaldó al JEE por haber “respetado la Constitución y protegido la integridad del proceso electoral”. Afirmó que dejar sin efecto la exclusión “significaría relativizar una norma expresa, debilitar el sistema electoral y abrir una peligrosa puerta al reciclaje político de la corrupción”.
Alejandro Salas argumentó que una apelación sobre una resolución penal de rehabilitación “no suspende sus efectos”, según la Corte Suprema, y enfatizó que ya presentaron la resolución judicial que acredita la rehabilitación de Mario Vizcarra.
