Murcia, 6 feb (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado un recurso de una mujer que fue multada con 2.340 euros por dejar bajo una piedra una carta de amor para un menor con el que tenía prohibido comunicarse y al que consideraba su novio.
La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso EFE, recuerda los hechos que declaró probados el juzgado de lo Penal de Cartagena, ocurridos entre diciembre de 2024 y enero de 2025, cuando dejó la misiva bajo una piedra en un paraje ubicado a unos 70 metros del domicilio del menor.
Ese era el lugar donde en ocasiones anteriores se habían intercambiado cartas, aunque en esta ocasión la mujer, al hacerlo, incurrió en el delito de quebrantamiento de medida cautelar, ya que tenía prohibido comunicarse con el chico por cualquier medio y acercarse a menos de diez metros del lugar donde él estuviera.
En su recurso, la acusada se quejó de que durante el juicio no se informara al menor de que, como novio de ella, podía negarse a declarar, además de considerar excesivo el importe de la multa.
También alegó que depositó la carta bajo una piedra en un lugar distinto al utilizado habitualmente, por lo que no podía considerarse cometido el delito al no existir la certeza de que el chico la encontraría.
La Audiencia, al desestimar la apelación, declara que cuando la acusada dejó la misiva ya no eran novios, por lo que él ya no podía ejercer el derecho a no declarar y en cuanto a que la depositó en una ubicación distinta a la habitual, recalca que lo cierto es que el menor la encontró.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, también rechaza que la multa sea excesiva y precisa que la condenada no ha demostrado que carezca de ingresos suficientes para afrontarla. EFE
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