La jueza federal Macarena Marra Giménez resolvió un conflicto de competencia entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero Contencioso Administrativo Federal apartando a su par, Raúl Horacio Ojeda, titular del juzgado del Trabajo N° 63, que había suspendido la vigencia de 82 artículos de la ley de reforma laboral a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT).
El fallo estipula que debe ser la justicia federal la que trate la acción de la CGT, desplazando a los tribunales laborales nacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué había solicitado la CGT? Que se declare la inconstitucionalidad de artículos de la Ley N°27.802 que, desde la óptica del sindicato, trastocan los derechos individuales y colectivos de los trabajadores reconocidos en los artículos 14 bis, 16, 17, 18, 28, 43 y 75 de la Constitución Nacional.
Además, el pedido de la CGT hacía hincapié en que se estaba vulnerando la progresividad, la libertad sindical, la no discriminación, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, entre otros.
De esta forma, el movimiento de la jueza Marra Giménez es celebrado en Balcarce 50.
Los fundamentos de la resolución
A partir del fallo quedó establecido que la competencia para adentrarse en la demanda de la CGT contra el Estado Nacional sobre la ley de reforma laboral pasó a ser competencia exclusiva del fuero Contencioso Administrativo Federal. Situación que encomienda al juzgado de Ojeda a remitir el expediente.
De no seguir con el debido proceso, entraría en escena la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Por otra parte, la decisión de la magistrada Marra Giménez deja vislumbrar dos elementos. Por un lado, el hecho de que los reclamos individuales de los trabajadores continuarán en el fuero laboral. Por el otro, la consolidación del criterio restrictivo sobre la competencia laboral en demandas de alcance general contra el Estado.
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