La Anmat prohibió la comercialización de una marca de miel por no contar con los registros sanitarios obligatorios. Conocé cuál no hay que comprar.

Este lunes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de miel por carecer de los registros sanitarios y, por estar razón, ser considerada ilegal. ¿Cuál no hay que comprar?
Esta medida fue tomada a través de la Disposición 8798/2024, publicada en el Boletín Oficial con la firma de su titular Nelida Agustina Bisio. Según se detalló en el documento, las averiguaciones a partir de una notificación de la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba respecto a la autenticidad del producto.
En el marco de un procedimiento realizado en el depósito de un local comercial, tras denuncias de particulares sobre la comercialización de diferentes productos prohibidos por distintas Disposiciones de la ANMAT, el organismo constató la comercialización de envases y la presencia de etiquetas autoadhesivas del producto en distintas presentaciones, por lo que el organismo procedió a su decomiso y a la clausura del establecimiento.
Por esta razón, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, ordenó la prohibición de la elaboración, publicidad, comercialización y distribución en toda la provincia y en las plataformas de venta electrónica, independientemente de su lote y fecha de vencimiento, por ser un producto falsamente rotulado, ya que el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en su rótulo son inexistentes.
Según indicó Anmat, los productos no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado. Por lo tanto, tampoco puede «garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad».
«Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284», sostuvieron.
¿Qué marca de miel fue prohibida por Anmat?
Con el fin de proteger la salud de los posibles consumidores, la Anmat determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del siguiente producto:
- “Miel de Abeja multifloral marca El Colmenar, Elaborada por MOLLE SA, Ruta 158, calle s/n, Pozo del Molle, Córdoba, RNE 04526188, RNPA 0434557”.