Confusión por una circular del Banco Central que detalla la compra dólares tras la salida del cepo

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Anunciada la salida del cepo por parte del gobierno nacional el viernes, se generó una polémica alrededor de cuántos dólares podrán comprar las personas ya sin restricciones. La confusión se originó después de que saliera una circular del Banco Central que instrumentaba las nuevas medidas.

En primer término, desde la entidad monetaria -comandada por Santiago Bausili, que participó de la conferencia de prensa el viernes por la tarde junto al ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo– comunicaron la fase tres del programa económico nacional.

En esa nota de prensa informaron que para las personas humanas se levantaba el cepo, se eliminaba el límite de US$200 de acceso al mercado libre de cambios (MLC) y se dejaban sin efecto todas las restricciones vinculadas con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, empleo público y otros. “Tanto las restricciones contenidas en la Comunicación A 7340 como la ‘restricción cruzada’ dejarán de ser aplicables a personas humanas. Adicionalmente, en coordinación con el BCRA, ARCA eliminará la percepción impositiva existente a la adquisición de moneda extranjera en el MLC (permaneciendo solamente sobre el turismo y los pagos de tarjetas de crédito)”, señalaron.

En tanto, en el texto de la nueva Comunicación, la A 8226 del Banco Central, se establecieron las normas para que las entidades bancarias den acceso al mercado de cambios a las personas humanas residentes desde el próximo lunes 14 de abril, sin conformidad previa de la autoridad monetaria, para la compra de billetes en moneda extranjera, tanto para tenencia como para constitución de depósitos.

El punto uno definió así: “La operación se curse con débito en cuenta del cliente en entidades financieras locales o el uso de efectivo de moneda local por parte del cliente no supere el equivalente a US$100 en el mes calendario en el conjunto de las entidades y por el conjunto de los conceptos señalados. En caso de que el cliente utilice efectivo en moneda local, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente en la cual deje constancia de que cumple con el requisito mencionado precedentemente».

Ese pasaje de la comunicación fue el que derivó en un embrollo porque hubo interpretaciones, incluso de economistas, que entendieron que las personas solo podrían acceder a US$100 dólares por mes ahora sin cepo.

Por eso, el que debió salir a aclarar fue el secretario de Finanzas, Pablo Quirno. “La restricción es a la compra en efectivo”, detalló el funcionario de Javier Milei.

Es decir, quienes hagan la compra de dólares a través del homebanking –si tienen cuenta en esa moneda extranjera- no tendrán un tope y después podrán retirar por caja los montos.

Como es usual, la nueva normativa también establece que en todos los casos el banco deberá “obtener evidencia” de que el cliente posee los ingresos o los activos consistentes para tener ese ahorro en dólares.

Los otros platos fuertes de la jornada del viernes fueron que el Gobierno decidió pasar a un esquema de flotación del tipo de cambio oficial entre bandas, con un margen de $1000 a $1400; y que selló definitivamente el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por US$20.0000 millones, de los cuales US$15.000 millones serán de libre disponibilidad para 2025.

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