A cuánto ascienden los trámites migratorios en EE.UU. en 2025: ya entraron en vigor las nuevas tarifas del Uscis

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El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) publicó este martes un aviso en el Registro Federal para hacer oficial la entrada en vigor de las nuevas tarifas para ciertos trámites migratorios que se presentan ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés).

Los trámites migratorios en Estados Unidos y sus nuevos costos

El Registro Federal señala que las nuevas tarifas se establecen como montos mínimos para el año fiscal 2025, y se autoriza a la agencia pertinente a ajustarlas anualmente con base en el Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos (IPC-U).

Las nuevas tarifas de inmigración de Uscis fueron exigidas por el Proyecto de Ley de Reconciliación HR-1

Asimismo, se establece que los costos impuestos por la Ley de Reconciliación (HR1), conocido como One Big, Beautiful Bill Act antes de su aprobación, “se suman a cualquier otra tarifa ya autorizada por ley y reglamentos”.

Para solicitantes de asilo:

  • Formulario I-589, Solicitud de asilo y de suspensión de expulsión: US$100, para extranjeros que presentan una solicitud inicial.
  • Tarifa anual de solicitud de asilo pendiente: US$100 por cada año calendario que la solicitud de asilo esté pendiente; pagaderos solo en línea.
  • Solicitud inicial del formulario I-175, Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) basada en una solicitud de asilo pendiente: US$550.
  • Renovaciones y extensiones de la autorización de empleo para solicitantes de asilo: US$275.

Para migrantes con parole (libertad condicional):

  • Solicitud inicial de autorización de empleo: US$550.
  • Renovaciones y extensiones de la autorización de empleo: US$275.
  • Si un extranjero solicita un EAD con base en la aprobación de un nuevo período de permiso de viaje (re-parole), mediante la presentación del formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permiso de Viaje y Registros de Llegada/Salida, Uscis impondrá inicialmente la tarifa más baja, de US$275.

Para el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés):

  • Formulario I-821, Solicitud de Estado de Protección Temporal: US$500, más la tarifa de servicios biométricos de US$30.
  • Solicitud inicial de EAD bajo el TPS: US$550.
  • Renovaciones y extensiones de la autorización de empleo: US$275.

Para jóvenes migrantes especiales:

  • Formulario I-360, Petición de estatus de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial para Menor Inmigrante Especial (SIJ, por sus siglas en inglés): US$250.

El Uscis rechazará cualquier formulario con matasellos del 21 de agosto de 2025 o posterior que no incluya las nuevas tarifas

Entrada en vigor de las nuevas tarifas del Uscis

El Uscis comenzará a cobrar las tarifas de presentación para el año fiscal 2025 para cualquier solicitud de beneficios de inmigración con matasellos del 22 de julio de 2025 o posterior.

Sin embargo, señalan que debido al tiempo que necesario para emitir directrices sobre los costos requeridos y ponerlos en práctica, “se rechazarán las solicitudes con matasellos del 21 de agosto de 2025 o posterior que no incluyan la tarifa de presentación correspondiente”.

La tarifa del DHS y las del HR1 deben presentarse por separado. Si el solicitante cumple los requisitos para una exención sobre los costos de la agencia, puede presentar el formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, o una solicitud por escrito, junto con el nuevo pago.

En el año fiscal 2026 y cada año fiscal subsiguiente, el DHS ajustará la tarifa según la inflación

Las tarifas HR1 que no figuran en el aviso

El aviso del Registro Federal no anuncia todas las tarifas requeridas o autorizadas por el HR1. El DHS anunciará el cobro en una acción futura. Los trámites que verán modificados sus costos son:

  • La tarifa de libertad condicional para inmigrantes
  • La tarifa de integridad de la visa, para cualquier extranjero al que se le haya emitido una visa de no inmigrante; se implementará en una próxima publicación.
  • Formulario I-94, obligatoria para cualquier extranjero que solicite un Registro de Entrada/Salida.

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