La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a un acusado de cometer un delito de agresión sexual ya que, tras el examen y valoración del conjunto de los medios de prueba practicados en el juicio, el tribunal considera que «no ha quedado probada ni la realidad de los hechos objeto de acusación, ni la participación en los mismos del acusado».
El tribunal considera acreditado que mantuvo relaciones sexuales consentidas con la que fue su pareja sentimental durante dos meses. El sospechoso, según indica la Sala en la sentencia, «prestó un testimonio sin fisuras ni contradicciones y negó con firmeza y rotundidad los hechos objeto de acusación».
Sin embargo, ven que la declaración de la denunciante «presenta serias deficiencias para poder ser valorada como prueba de cargo hábil e idónea para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia».
Además, señala que está «seriamente afectada por el resentimiento de la testigo hacia el acusado por la ruptura de la relación y por las sospechas de ésta sobre la supuesta infidelidad que le atribuía».
La sentencia no es firme, ya que cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
