Pinamar establece medidas estrictas para la circulación de UTV y otros vehículos en La Frontera

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PINAMAR (Enviado especial).– La Municipalidad de Pinamar dictó un decreto que endurece de manera significativa el régimen sancionatorio para la circulación indebida de cuatriciclos, motocicletas, UTV, camionetas y otros vehículos motorizados en zonas no habilitadas del distrito, en particular en el sector conocido como La Frontera. La decisión se conoció tras una serie de accidentes registrados en ese sector durante las últimas semanas, entre ellos el que tuvo como víctima a Bastián Jeréz, un niño de ocho años que sufrió lesiones de gravedad.

La medida quedó formalizada a través del Decreto 0104/2026, firmado por el intendente Juan Ibarguren y el secretario de Gobierno, Francisco Montes, y reglamenta la Ordenanza Municipal 4794/16 con el objetivo de reforzar los controles, desalentar conductas riesgosas y reducir la siniestralidad en áreas no autorizadas para el tránsito motorizado.

El texto establece multas que van de 8.500 a 25.000 módulos, una unidad de cálculo municipal cuyo valor se actualiza periódicamente, lo que equivale —según estimaciones oficiales— a montos que pueden alcanzar hasta los $15 millones de pesos, de acuerdo con la gravedad de la infracción, el riesgo generado y la reincidencia del infractor.

Movimiento de vehículos en la zona de La Frontera, en Pinamar

Además, el decreto faculta a la autoridad de aplicación a disponer la retención preventiva y el secuestro del vehículo cuando la conducta observada implique un peligro cierto o potencial para la vida o la integridad física de las personas. La normativa también prevé la inhabilitación prolongada de licencias de conducir para quienes incurran en infracciones graves y la formulación de denuncias penales en los casos de ingreso indebido a propiedades privadas.

La disposición establece que todas las erogaciones y perjuicios que el Municipio deba afrontar como consecuencia directa o indirecta de infracciones de tránsito serán imputadas al responsable. Entre ellos se incluyen gastos vinculados con atención médica, internaciones, estudios, tratamientos, provisión de medicamentos, traslados sanitarios y operativos de emergencia, así como la utilización de recursos humanos y materiales del sistema de salud municipal y de áreas como Tránsito, Seguridad, Defensa Civil y Ambiente.

También se contempla el recupero de los daños ambientales ocasionados en playas, médanos, forestación, espacios naturales, vía pública y bienes municipales, además de tareas de limpieza, remoción, señalización, vallado y restauración que resulten necesarias tras un siniestro o una infracción.

El decreto incorpora este esquema de sanciones al Código de Faltas Municipal, para su aplicación por el Juzgado de Faltas competente, y designa a la Secretaría de Gobierno como autoridad de aplicación. En ese marco, se dispuso el refuerzo de los controles en accesos, egresos y el frente de ruta, con la posibilidad de requerir el auxilio de la fuerza pública. Actualmente funcionan seis puestos de control, donde se verifica documentación y se realizan controles de alcoholemia.

Desde el Ejecutivo local advirtieron además que será sancionado de manera severa el uso de cuatriciclos o UTV por parte de menores de edad sin la debida supervisión y el cumplimiento de la normativa vigente. Las medidas rigen de manera inmediata, aunque el decreto fue elevado al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación definitiva.

En simultáneo, a través de un comunicado al que accedió LA NACION, advirtieron para cerrar: “La Municipalidad reitera que el ingreso a propiedades privadas para realizar actividades prohibidas será severamente sancionado. Estas medidas buscan proteger la integridad de residentes y turistas, asegurando que Pinamar siga siendo un destino turístico de excelencia, donde la diversión y el disfrute convivan con el respeto a las normas y la seguridad”.

Qué dice la La Ordenanza Municipal 4794/16

La norma constituye el marco que, desde 2016, regula en el partido de Pinamar el uso y la circulación de cuatriciclos, UTV, motocicletas y otros vehículos motorizados recreativos fuera de la vía pública tradicional. La ordenanza prohíbe expresamente el tránsito de este tipo de rodados por playas, médanos, espacios naturales protegidos, zonas urbanas no habilitadas y cualquier sector que no haya sido delimitado por la autoridad municipal, con el objetivo de preservar la seguridad vial, la integridad física de las personas y el ambiente.

Establece además que estos vehículos solo pueden circular por corredores seguros y áreas específicamente autorizadas, bajo condiciones estrictas de control, y alcanza tanto a los conductores como a los propietarios de los rodados y a permitan su uso indebido.

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