En México, el aguinaldo es un derecho laboral establecido por la Ley Federal del Trabajo que garantiza a todos los trabajadores un pago anual equivalente a un mínimo de 15 días de salario.
Este beneficio también aplica a las personas adultas mayores que participan en programas del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM), pero con ciertas condiciones específicas.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
No todos los adultos mayores afiliados al INAPAM reciben aguinaldo. Solo tienen derecho quienes se encuentran inscritos en la primera modalidad del programa de Vinculación Productiva, la cual consiste en trabajar formalmente en una empresa.
Para acceder a esta prestación, los beneficiarios deben:
- Estar registrados en el programa de Vinculación Productiva del INAPAM.
- Tener un contrato formal con una empresa, ya sea por hora, jornada, proyecto o servicios.
- Recibir sueldo base y prestaciones de ley, tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo.
Es importante destacar que los adultos mayores que participan como empacadores voluntarios en tiendas de autoservicio, que corresponde a la segunda modalidad del programa, no tienen derecho al aguinaldo, ya que no existe una relación laboral formal en este caso.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El cálculo del aguinaldo se realiza con base en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Las reglas son claras:
- El aguinaldo corresponde a un mínimo de 15 días de salario por año trabajado.
- Si el adulto mayor no ha cumplido un año en su puesto de trabajo, el pago se realiza de manera proporcional al tiempo laborado.
- Para determinar el monto, se utiliza el salario ordinario diario como base del cálculo.
Este sistema asegura que todos los trabajadores formales, incluidos los adultos mayores en empleo mediante INAPAM, reciban un pago justo que respete su tiempo de servicio.
Fecha de entrega
La ley establece que el aguinaldo debe entregarse antes del 20 de diciembre de cada año, garantizando que los trabajadores cuenten con este ingreso adicional antes de las festividades de fin de año.
Beneficios adicionales
Además del aguinaldo, los adultos mayores en la primera modalidad de Vinculación Productiva tienen acceso a otras prestaciones de ley, como inscripción al IMSS o ISSSTE, días de descanso, prima dominical, vacaciones, prima vacacional y reparto de utilidades, así como beneficios derivados de despido o renuncia.
En conclusión, el programa de Vinculación Productiva del INAPAM no solo promueve la inclusión laboral de los adultos mayores, sino que también garantiza prestaciones legales que mejoran su calidad de vida y seguridad económica, incluyendo el aguinaldo anual.