La medida alcanza al producto marca Mito Andino, que presenta registros inexistentes y pone en riesgo la salud de los consumidores.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino, en todo el territorio nacional.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 5434/2025, publicada en el Boletín Oficial, tras detectarse que el producto exhibía números de registro inexistentes tanto en el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como en el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA). Esto lo convierte en un producto ilegal, ya que no puede garantizarse su trazabilidad, condiciones de elaboración ni cumplimiento de los controles de calidad exigidos por el Código Alimentario Argentino.
La prohibición también alcanza a todos los productos que exhiban los registros RNE 13005521 y RNPA 025 13032729, por considerarse falsamente rotulados.
Esta decisión busca proteger la salud pública y evitar el consumo de alimentos que no cumplen con la normativa vigente. El producto fue retirado de comercios físicos y plataformas de venta online.