Desde el 1° de julio, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo sistema de fiscalización financiera que establece límites mensuales para transferencias y acreditaciones en cuentas bancarias y billeteras virtuales.

Esta medida, que reemplaza las funciones anteriormente ejercidas por la AFIP, busca reforzar el control sobre el origen de fondos en operaciones de alto volumen.
Montos límite establecidos
- Personas físicas: $50.000.000 mensuales
- Personas jurídicas: $30.000.000 mensuales
Los montos incluyen ingresos en pesos, dólares u otras divisas, que deben ser convertidos a moneda local según el tipo de cambio comprador del Banco Nación.
Documentación requerida
Cuando se superan los umbrales, ARCA puede exigir justificación del origen de los fondos mediante:
- Facturas de bienes o servicios
- Contratos de compraventa
- Recibos de sueldo o jubilaciones
- Historial de facturación
- Constancia de inscripción fiscal
- Certificaciones contables
- Comprobantes de operaciones con criptomonedas o divisas
Consecuencias por falta de respaldo
Si el contribuyente no presenta documentación válida:
- Se inicia un requerimiento formal
- Se pueden aplicar bloqueos preventivos de cuentas
- En casos graves, se deriva el expediente a la Unidad de Información Financiera (UIF) por presunto lavado de dinero
Además, bancos y billeteras virtuales están obligados a reportar operaciones sospechosas, lo que refuerza el alcance del control fiscal