ARCA: el Gobierno dará de baja a todas estas personas

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El organismo recaudador puede contemplar la exclusión de un contribuyente en diversos casos y no podrán volver a inscribirse hasta dentro de tres años.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es quien administra el sistema por el que los monotributistas facturan sus servicios. Ahora, el Gobierno confirmó que dará de baja a algunas personas.

Dentro de la página del organismo recaudador, indican que existen ciertos casos en los que se puede excluir del sistema a un contribuyente. Incluso, remarcan que pueden pasar varios años hasta darle la posibilidad de volver el régimen.

ARCA: ¿en qué casos puede excluir a un contribuyente del sistema?

Aquellos monotributistas que no sigan las normas de ARCA, deberán esperar hasta 3 años para volver a darse de alta nuevamente. Será tenida en cuenta la fecha de exclusión como inicio de este período.

Para no ser dado de baja, deberán conocer cuáles son las infracciones que no deben cometer:

  • La suma de los ingresos brutos supera el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
  • La superficie o costo de alquiler excede los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
  • El precio unitario de venta supera el máximo límite.
  • Adquirir bienes o realizar gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados.
  • Depósitos bancarios que sean incompatibles con los ingresos declarados a los fines de su categorización.
  • Haber importado bienes o servicios para su comercialización posterior.
  • Desarrollar más de 3 actividades al mismo tiempo o tengan más de 3 unidades de explotación.
  • Haberse categorizado como venta de productos cuando se prestan servicios.
  • Sus operaciones no fueron correctamente facturadas.
  • El valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad suman igual o más del 80%, en el caso de venta de bienes, o más del 40% cuando se trate de locaciones, prestación de servicios y/o ejecución de obras, de los límites máximos de ingresos brutos anuales para la categoría K.
  • Estar incluido en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

ARCA: ¿cuáles son los montos límites de facturación anual?

ARCA estableció un límite de facturación anual con el objetivo de que los contribuyentes no pasen al régimen general para empresas. Esto dependerá de la categoría en la que estén:

  • Categoría A: $7.813.063,45 anuales
  • Categoría B: $11.447.046,44 anuales
  • Categoría C: $16.050.091,57 anuales
  • Categoría D: $19.926.340,10 anuales
  • Categoría E: $23.439.190,34 anuales
  • Categoría F: $29.374.695,90 anuales
  • Categoría G: $35.128.502,31 anuales
  • Categoría H: $53.298.417,30 anuales
  • Categoría I: $59.657.887,55 anuales
  • Categoría J: $68.318.880,36 anuales
  • Categoría K: $82.370.281,28 anuales.

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