
El Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid ha fijado para el próximo día 24 de noviembre la celebración de una audiencia preliminar en la causa que se sigue por el procedimiento de jurado popular, a fin de oír a las partes sobre la procedencia de acordar la apertura de juicio oral respecto de los hechos y para oir su propuesta de diligencias complementarias, sin que las mismas puedan ser reiteradas respecto de las que hayan sido ya practicadas con anterioridad.
El auto es un trámite más que guarda relación con la apertura del juicio oral por el procedimiento de jurado popular ya solicitada por las acusaciones y la presentación, también ya realizada, de los escritos de calificación de las partes, tanto de la acusación pública y particulares como de la defensa, a las que se ha emplazado a proponer diligencias complementarias para su práctica en una audiencia preliminar que, como señala la jueza instructora, se desarrollará el próximo día 24 de noviembre a partir de las 10.00 horas, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
El el mismo auto la jueza ya se posiciona sobre la improcedencia de algunas de las diligencias complementarias propuestas, entre estas últimas una relativa a drones y otra relacionada con un oficio a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal a los efectos del comportamiento de la fauna que habita en Traspinedo y su comportamiento ante un cuerpo sin vida, pues lo considera innecesario, «no explicando además en que podría beneficiar esta diligencia al buen fin de la continuación de esta causa», una causa que la instructora entiende ya «completa y que ha sobrepasado con creces el tiempo razonable de instrucción»…»evitando además continuar con la dilatación indebida del procedimiento».
Fiscalía de Valladolid ya anunció hace unas semanas que pedirá una condena de diciocho años de prisión por delito de asesinato para Óscar S.M, el hombre al que se acusa de la muerte en enero de 2022 de la vecina de Traspinedo Esther López de la Rosa, cuyo cadáver no fue localizado hasta el 5 de febrero, veintitrés días más tarde de su desaparición, tirado en una cuneta de la carretera que conduce a dicho municipio vallisoletano. El juicio se celebrará en fecha aún por determinar por el procedimiento de jurado popular en la Audiencia Provincial.
El posicionamiento de la acusación pública fue el último en conocerse, después de que las dos acusaciones particulares personadas en la causa, una en representación de los padres de la fallecida y la otra actuando en nombre de la hermana de la víctima, presentaran sus escritos en los que consideran que los hechos son constitutivos de asesinato, entre otros delitos a mayores, y solicitan condenas globales de 39 y 33 años de cárcel, respectivamente, para el único encausado, cuya representación legal, por contra, interesa el sobreseimiento por falta de pruebas.
En su escrito, la acusación pública que ha llevado personalmente hasta ahora la Fiscal Jefa, Soledad Martín Nájera, se tipifican también los hechos como un delito de asesinato con alevosía y pide dieciocho años de cárcel y, en concepto de responsabilidad civil, el pago de 100.000 euros para cada uno de los padres de la víctima y 80.000 euros para su hermana, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Al igual que los otros dos escritos de la acusación particular, la fiscal se remonta a la noche del 12 de enero de 2022 cuando Esther López y varios amigos, entre ellos su presunto verdugo, recorrieron distintos establecimientos hosteleros, el último el bar Castillo de Traspinedo, a partir del cual la fallecida y el acusado quedaron a solas en un momento dado en el turismo Volkswagen T-Roc propiedad de este último.
Ester manifestó entonces que no quería ir al domicilio de sus padres porque había bebido y tomado drogas y e Óscar le ofreció dormir en la casa familiar de Traspinedo.
Una vez allí, siempre a juicio de la acusadora pública, surgió una discusión entre ambos por causas que se desconocen pero que provocaron que Ester se fuera andando del lugar. El acusado, abordonde su vehículo, la siguió entonces y a una velocidad de unos 40 Km/h la alcanzó por la espalda a nivel de las nalgas, siendo más intenso el impacto en el lado izquierdo. Sostiene que el atropello fue intencionado y con la intención de matar y que el mismo se produjo en las inmediaciones de la casa de Óscar, en la urbanización ‘El Romeral’ de Traspinedo.
Como consecuencia del atropello, la víctima sufrió numerosas lesiones que especifica en su escrito de calificación provisional, si bien advierte de que ninguna de dichas lesiones era mortal ni por si sola ni en su conjunto.
LA DEJÓ AGONIZAR
Ester estaba viva tras el atropello y si hubiera sido atendida habría sobrevivido, mantiene la Fiscal Jefa, quien acusad a Óscar de que, lejos de asistirla o llamar a los servicios de urgencia, dejó que agonizara hasta morir. La causa fundamental de la muerte fue politraumatismo, asociado a hipotermia y consumo de tóxicos (alcohol y cocaína), siendo la causa de la muerte shock multifactorial.
Cuando comprobó su fallecimiento, Óscar ocultó el cuerpo y sus pertenencias en el maletero de su vehículo y en cuanto le fue posible lo depositó en una cuneta , en la ctra. VP-2303, PK 0,7/0,8, sentido Traspinedo, a la altura de una señal de tráfico de «permitido adelantar» .
El cuerpo de Ester López fue localizado en ese lugar el 5 de febrero de 2022. El día 13 de enero de 2022 sobre las 13.00 horas el acusado procedió a lavar el vehículo, mientras que posteriormente, los días día 1 de febrero de 2022 y el día 2 de abril intentó realizar el borrado de todos los datos que los sistemas del vehículo VW T-ROC, matrícula 0612-LSF que utilizaba pudieran guardar, lo que no consiguió en su totalidad, concluye.
Por su parte, la defensa de Óscar S.M. solicitará, de nuevo, el sobreseimiento de la causa con respecto a su defendido, y lo hace «con el pleno convencimiento de la inocencia» de su cliente, puesto que, tras casi cuatro largos años de causa, sostiene que no existen indicios razonables para que se le puede acusar de haber participado en los hechos que se le imputan
