Una nueva decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos habilitó al gobierno de Donald Trump a continuar con su política de deportación de migrantes hacia terceros países, es decir a naciones alternativas a las de su origen. El fallo representa una victoria clave para la Casa Blanca.
El fallo de la Corte Suprema y el aval a las deportaciones sin notificación
La Corte Suprema anuló este lunes una orden previa de un tribunal inferior que bloqueaba las deportaciones hacia países no designados como origen del migrante. La decisión otorga luz verde a la administración Trump para enviar personas a territorios donde no nacieron ni tienen vínculos directos, sin necesidad de ofrecerles la oportunidad de alegar miedo a tortura, persecución o muerte.
La resolución generó una fuerte disidencia por parte de las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson. En su voto particular, la primera sostuvo que la decisión del máximo tribunal “recompensa la ilegalidad” y acusó al gobierno federal de actuar con “una falta flagrante de respeto por el Estado de derecho”.
En un pasaje de su escrito, afirmó: “El gobierno ha dejado claro con sus actos y palabras que se siente libre de deportar a cualquier persona a cualquier parte, sin previo aviso ni posibilidad de defensa”.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) celebró la decisión judicial con una declaración recogida por CBS News: “El DHS puede ahora ejercer su autoridad legal y trasladar a migrantes en situación irregular hacia cualquier país dispuesto a recibirlos. Enciendan los aviones de deportación”.
Países de destino de migrantes deportados de EE.UU.: acuerdos de cooperación
El programa de deportaciones hacia terceros países es una pieza central del plan migratorio de Trump. Como parte de su estrategia, la Administración entabló conversaciones con gobiernos de América Latina, África y Asia para que reciban migrantes que no sean sus ciudadanos.
Algunas de las naciones involucradas son:
- Costa Rica y Panamá: receptores potenciales dentro de acuerdos regionales de cooperación migratoria.
- Rwanda: propuesto como destino para solicitantes de asilo.
- El Salvador: con quien ya se cerró un entendimiento para detener a venezolanos acusados de integrar organizaciones criminales.
En varios de estos casos, los migrantes fueron enviados a centros penitenciarios de máxima seguridad como el Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) salvadoreño.
La demanda colectiva y el fallo original del juez Murphy que frenaba las deportaciones
En marzo pasado, cuatro migrantes latinoamericanos presentaron una demanda colectiva en nombre de todos los extranjeros susceptibles de ser deportados bajo esta modalidad. Alegaron que el gobierno debía notificarles con antelación y permitirles explicar por qué no podían ser trasladados a esos países sin poner en riesgo sus vidas.
El juez federal Brian Murphy, con sede en Boston, dio lugar parcialmente a la demanda en abril. En específico, dictó una orden que obligaba a las autoridades migratorias a:
- Informar por escrito a los migrantes sobre el país al que serían enviados.
- Brindarles una “oportunidad significativa” para expresar temores relacionados con tortura o persecución.
El magistrado señaló que, sin estas garantías, se violaba el debido proceso constitucional. Sin embargo, la administración Trump solicitó a la Corte Suprema la suspensión de esa medida al alegar que entorpecía los esfuerzos diplomáticos, logísticos y de seguridad nacional.