El Consejo Federal de Medicina de Brasil (CFM) publicó este miércoles, a través del Boletín Oficial de la Unión, una resolución en la que prohibió las terapias hormonales para personas menores de 18 años, al tiempo que aumentó a 21 años la edad para realizarse cirugías de cambio de género.
La resolución N° 2.427/2025 analizó los criterios técnicos para la atención de las personas con disforia de género, condición caracterizada por el malestar o sufrimiento entre la identidad de género y el sexo.
La administración de hormonas para que menores puedan desarrollar rasgos sexuales del género con el que se identifican había sido autorizada por el CFM de ese país en 2019. Sin embargo, el organismo autónomo regulador cambió de opinión y, desde ahora, “la terapia está vedada antes de los 18 años de edad”, precisó el informe.
Según el documento, el CFM prohibió la terapia hormonal para niños y adolescentes menores de 18 años. Se trata de una terapia en la que se administran hormonas sexuales para inducir características coherentes con la identidad de género del paciente.
Asimismo, la resolución cambió la edad mínima para las cirugías de cambio de género, con potencial efecto esterilizante, a 21 años. Anteriormente, se podían realizar desde los 18.
Antecedentes en la Argentina
En febrero de este año, el presidente Javier Milei prohibió los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de sexo en los menores. En una conferencia de prensa grabada, explicó también que el Poder Ejecutivo derogará el artículo de la norma que permitía a los menores de 18 registrar su nuevo nombre y sexo.
La modificación de dos artículos de la denominada Ley de Identidad de Género, por la Ley N° 26.743, llegó tras la marcha la marcha LGBTQI+ en repudio del discurso del mandatario durante la reunión en Davos.
Los cambios a la norma incluyeron la derogación del artículo 5, que permitía a los menores de 18 cambiar el sexo, el nombre de pila y la fotografía del documento de identidad en el Registro Nacional de las Personas. A la vez, al modificar el artículo 11, en adelante, los menores de edad “ya no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas totales o parciales o tratamientos integrales hormonales para modificar su cuerpo, incluidos sus genitales”, ampliaron desde el Ministerio de Salud de la Nación.
Esas cirugías incluyen, por ejemplo, aumento mamario, mastectomía, aumento de glúteos, orquiectomía, penectomía, vaginoplastia, clitoroplastia, vulvoplastia, anexohisterectomía, vaginectomía, metoidioplastia, escrotoplastía y faloplastia con prótesis peneana.
Durante el anuncio,el vocero presidencial Manuel Adorni argumentó que la decisión, “lejos de afectar a un sector particular, tiene como fin garantizar el interés superior del niño, y proteger la integridad física y mental de los menores”.