Caddies de golf. Para la Corte Suprema son trabajadores autónomos, una sentencia que aliviaría a clubes centenarios

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La Corte Suprema de Justicia dejó firme una sentencia que rechazó la demanda de un caddie para reclamar por una relación laboral al club de golf en donde se desempeñaba. El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que consideraron la demanda inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Se trata de la demanda de Lucas Javier Larrosa contra la Fundación Club Hindú. Había solicitado al club la registración de su relación laboral, alegando que mediaba entre ellos un contrato de trabajo. La entidad negó el vínculo y subrayó que se trataba de un trabajador autónomo porque había prestado servicios a favor de varios jugadores y socios y no para la demandada.

El caddie se dio por despedido y fue a tribunales. Se desempeñaba como caddie de golf para los socios de la entidad demandada. Sostuvo, en el inicio del proceso, que comenzó a trabajar para el Club Hindú el 2 de marzo 2004 y que lo hacía los sábados, domingos y feriados, de 7 a 18. Señaló, además, que al llegar el personal de seguridad lo registraba en una planilla y que el master caddie era el encargado de asignar las salidas. Agregó que esa persona le indicaba a los caddies recorrer la cancha para cubrir pozos y limpiar la basura que se produce por la cantidad de jugadores. También indicó que debía limpiar los baños asignados y la casilla de caddies. Añadió que el master caddie era el que asignaba los caddies a los jugadores y que eran estos los que pagaban por el cumplimiento de su labor.

Muchos clubes de golf, incluyendo el Hindú Club, afrontan juicios millonarios que amenazan sus finanzas

Tanto en primera como en segunda instancia se rechazó la acción, remarcando que los servicios de los caddies son usufructuados por los propios jugadores y no por la institución demandada. En esos fundamentos, la sentencia aseguró que la demandada solo sugería una tarifa para evitar conflicto entre los asistentes, pero era el jugador de golf quien abonaba ese trabajo.

Pruebas decisorias

Además, según la prueba, los caddies no tenían obligación de asistir al club ni los jugadores de contratar a la misma persona. De hecho, un jugador podía asistir con su caddie, sostuvo la justicia laboral entre otros argumentos. También se sostuvo que los testimonios con los que el caddie procuró respaldar su versión, acerca de la relación de trabajo con la entidad demandada, eran “ineficaces a los fines probatorios y hasta contradictorios con su propio relato, como así también imprecisos, por no haber dado adecuada razón de sus dichos”.

Según la demanda y varios fallos previos de la Justicia, los caddies eran empleados encubiertos de los clubes

“Todos estos extremos me llevan a concluir que el Club no interviene ni directa ni indirectamente en la actividad que cumple el caddie para el jugador y éste es el único que, en su calidad de asociado o invitado, solicita el uso de las instalaciones de la entidad deportiva. No cabe ninguna duda que el caddie actúa autónomamente, y que el Club es un simple intermediario entre este y el jugador que utiliza sus servicios, facilitando sus instalaciones (como en tantas otras actividades) y el hecho de que sus servicios los realice en el campo de golf, no tipifica los elementos característicos del contrato de trabajo, establecidos en el artículo 21 de la L.C.T. En estas condiciones, no es operativo el artículo 23 L.C.T., ya que, reitero, la prestación de servicios fue en favor de los jugadores y no del club”, argumentó en su voto uno de los camaristas.

La defensa llegó en queja a la Corte Suprema de Justicia, pero el recurso fue desestimado.

Otras demandas

Este fallo de la Corte Suprema recuerda el grave conflicto que atraviesan por demandas iniciadas por caddies otras entidades como el Jockey Club, el Olivos Golf Club, el Pacheco Golf, el Córdoba Golf Club, el San Isidro Golf Club y el Argentino Golf Club, entre cientas.

Muchos tienen sus bienes embargados y se ven obligados a aplicar cuotas extraordinarias, que en algunos casos superan los 1000 dólares por socio, para evitar la quiebra. Los que se encuentran en situaciones más complicadas ya han comenzado incluso a vender propiedades o parte de sus terrenos.

La amenaza de derrumbe proviene del enemigo más inesperado: sus antiguos caddies de golf. Asesorados por un par de estudios de abogados, los caddies, que durante décadas cargaron la bolsa y asesoraron a los socios en sus recorridos por el campo de golf a cambio de una propina, iniciaron juicios laborales por relación de dependencia encubierta contra los clubes. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya falló en cientos de casos a favor de ellos. Las sentencias y los cálculos de actualización que se utilizan en el fuero determinan indemnizaciones millonarias –algunas alcanzan los 800 millones de pesos– que muchos clubes no pueden afrontar.

El fallo de la Corte Suprema podría significar una nueva luz para las entidades que lleguen a la última instancia judicial en su reclamo para definir responsabilidades. El caso de Larrosa contra el Club Hindú puede ser el anticipo del fin de una batalla judicial que lleva ya tiempo. Aunque no sienta jurisprudencia automática, la decisión de la Corte permite entrever que los casos que lleguen a esa instancia tendrían, a partir del expediente de Larrosa, la misma definición: un caddie es un trabajador autónomo.

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