Caso Laurta: así describió “Varones Unidos” el conflicto previo al doble femicidio y el secuestro de un niño en Córdoba

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Ayer, Pablo Laurta mató a su expareja, Luna Giardina, y a la madre de ella, Mariel Zamudio, en las sierras de Córdoba. De la escena del crimen se fue con Pedro, de 5 años, el hijo que había tenido con la joven, que fue rescatado este domingo en Gualeguaychú, Entre Ríos, en un hotel donde estaba con su padre, escala previa a su paso hacia Uruguay.

El hecho, que conmociona al país, sacó a la luz la versión del femicida sobre el litigio por la tenencia del niño, expuesta en la web de Varones Unidos, una red que se presenta como espacio para padres que denuncian impedimentos de contacto con sus hijos.

Durante meses, la página publicó extensos textos sobre “el caso Pedro Laurta”, con acusaciones contra el sistema judicial cordobés y referencias a supuestas maniobras de la madre y la abuela materna, consentidas en los tribunales provinciales. El relato se centró en la idea de que la Justicia cordobesa habría “legitimado el secuestro internacional de un niño desde Uruguay”, según el título original del artículo.

En su introducción, el sitio afirmaba: “El pequeño Pedro Laurta nació en Córdoba el 14 de octubre de 2019. Hijo de Luna Giardina y Pablo Laurta, se había comenzado a radicar en Uruguay en junio del 2022”. A partir de allí, la publicación describía un viaje de Pedro y su madre a Córdoba en octubre de 2023, que –según la versión difundida– debía durar 30 días, pero terminó en una separación definitiva y en denuncias cruzadas.

El texto sostenía que Laurta enfrentó “extorsiones” y “falsas denuncias”, y apuntaba contra funcionarias judiciales por supuesta complicidad.

“El contexto criminal de la sustracción del pequeño Pedro era conocido tanto por el tribunal a cargo como por el Tribunal Superior de Justicia”, señala uno de los párrafos, en el que también se mencionaban amenazas y riesgos para el niño.

La publicación incluyó detalles sobre audiencias, fallos y apelaciones, con críticas al juez de familia y al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba. Según la web, la decisión de no restituir al niño a Uruguay fue “arbitraria” y “desatendió la voluntad de Pedro”. En otro tramo, el artículo afirmaba: “La sentencia prioriza las denuncias infundadas de la madre y relega el interés superior del niño”.

El sitio también describió la presentación de denuncias penales por parte de Laurta, en las que acusaba a Giardina y Zamudio de secuestro coactivo, extorsión y apropiación de bienes. Incluso mencionó una denuncia por corrupción y facilitación de la prostitución de menores contra la abuela materna, que según el texto publicado por Varones Unidos habría explotado sexualmente a su hija en la infancia. Ninguna de estas acusaciones fue confirmada por la Justicia en el momento de la publicación.

Otro eje del relato fue la supuesta desaparición de pruebas en el expediente y la actuación de la defensora pública asignada al caso, a quien el sitio acusó de “obstaculizar” la restitución internacional. También se cuestionó que el fallo ignorara registros migratorios y mensajes que probaban el acuerdo entre los padres para radicar al niño en Uruguay.

En cuanto al apellido, el expediente judicial citado por la web se caratuló como “Rodríguez Laurta, Pablo Daniel”, lo que indica que Rodríguez es el primer apellido del padre y Laurta, el segundo. Por eso, el niño figura como Pedro Rodríguez en los documentos oficiales, aunque el sitio lo menciona como Pedro Laurta.

La publicación también dedicó espacio a cuestionar el rol de la fiscalía especializada en delitos contra la integridad sexual, a la que acusó de “encubrir” denuncias contra la familia materna. Según el texto, funcionarios judiciales habrían negado información básica sobre el estado de las medidas de protección para el niño, lo que el sitio interpretó como parte de un patrón de obstrucción.

Otro punto destacado en la publicación fue la apelación presentada por Laurta ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, donde se reiteraron las críticas por la valoración “sesgada” de la prueba y la omisión de denuncias penales en curso. El fallo del TSJ, dictado en julio, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la restitución internacional, lo que el sitio calificó como “una realidad paralela”.

Finalmente, el artículo cerraba con un llamado a revisar el caso por “comprometer el principio del interés superior del menor”, en alusión a la Convención sobre los Derechos del Niño y al Convenio de La Haya. Ese texto, publicado semanas antes del doble homicidio, hoy aparece como parte de una escalada que terminó en tragedia.

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