Caso Santiago Uribe: abogado cuestionó los testimonio de cuatro paramilitares que hicieron parte del proceso

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Santiago Uribe, hermano del expresidente Uribe fue condenado - crédito redes sociales

La reciente condena en segunda instancia a Santiago Uribe Vélez por homicidio agravado, conformación de grupos paramilitares, concierto para delinquir y delitos de lesa humanidad ha reavivado el debate sobre la solidez de los testimonios que sustentan el fallo.

La defensa del hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez sostiene que la sentencia se apoya en declaraciones indirectas y en una valoración probatoria insuficiente, lo que, a su juicio, configura una injusticia de gran magnitud.

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Desde la perspectiva de la defensa, la decisión judicial representa un error fundamental. “Esta decisión trae consigo una injusticia mayúscula, Ricardo, porque aquí lo que está sucediendo es que están condenando a veintiocho años de prisión a un ciudadano que es inocente. Santiago Uribe, y se lo recalco, es un ciudadano inocente”, afirmó Juan Felipe Amaya, abogado de Santiago Uribe, en entrevista con Blu Radio.

El togado subrayó que su involucramiento en el caso se remonta a hace quince años y que, tras un análisis exhaustivo del expediente, la acusación formulada durante la administración del fiscal Eduardo Montealegre carece de fundamento y se basa en “falsos testigos”.

El tribunal de segunda instancia fundamentó su fallo, en parte, en los testimonios de cuatro reconocidos exjefes paramilitares: Salvatore Mancuso, Pablo Hernán Sierra, Daniel Rendón Herrera (alias el Alemán) y Diego Fernando Murillo (alias Don Berna).

Según la sentencia, estos líderes de las autodefensas declararon conocer el papel de Santiago Uribe en la organización criminal del norte de Antioquia. Sin embargo, la defensa cuestiona la validez de estos testimonios.

Santiago Uribe - crédito Colprensa/Verdad Abierta

“Este caso se construyó sobre la base de cuatro testigos supuestamente directos, que no son los que usted ha mencionado, que son el señor Juan Carlos Meneses, Alexander Amaya Vargas, Eunicio Alfonso Pina-Pineda Luján y Olwan de Jesús Agudelo Betancourt. Y la sentencia de primera instancia descarta la credibilidad de esos testigos directos que supuestamente vinculaban a Santiago Uribe Vélez con los doce apóstoles y con un homicidio que está plenamente clarificado”, explicó Amaya a Blu Radio.

El abogado precisó que los testimonios de Mancuso, Sierra, Rendón Herrera y Murillo fueron considerados por la fiscalía como respaldo, pero los calificó como “testigos indirectos o testigos de oído”.

“Estos testigos de respaldo o testigos de oídas, testigos indirectos, pues no tienen la fuerza suficiente para sustentar una condena”, sostuvo Amaya, quien además resaltó que todos ellos fueron capturados, detenidos o extraditados durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

Añadió que sus relatos no cumplen con los requisitos jurisprudenciales para validar testimonios de oídas, ya que no identifican la fuente de su conocimiento o han sido refutados por otros testigos. “Ninguno de ellos puede afirmar o hacer una aseveración de que conoció a Santiago Uribe Vélez y que puede sindicarlo en el escenario por el cual fue acusado, es decir, por el tema de los doce apóstoles”, puntualizó el abogado al medio de comunicación.

Condenan a Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, por homicidio y vínculos paramilitares - crédito Eurpa Press

Respecto a las consecuencias inmediatas de la sentencia, la defensa aclaró que la orden de captura solo se ejecutaría si la condena queda en firme. “Esta sentencia no está en firme. El propio tribunal es claro en la parte resolutiva. Si bien se ordena una orden de captura, eso solamente queda condicionado a que la sentencia sea confirmada y que quede en firme. Como Santiago fue absuelto en la primera instancia y él tiene derecho a impugnar la sentencia condenatoria, entonces, el ordenamiento jurídico colombiano consagra un recurso que se llama la impugnación especial”, agregó Amaya a Blu Radio.

Sobre la figura de la impugnación especial, el abogado detalló que se trata de un recurso reciente en el sistema jurídico colombiano, alineado con estándares internacionales que garantizan el derecho a impugnar una condena: “Es un recurso novedoso porque se ha desarrollado en nuestro ordenamiento jurídico en los últimos años. Y surge a partir de unas normas de carácter convencional, que establecen que toda persona tiene derecho a impugnar la sentencia condenatoria”.

La defensa de Santiago Uribe Vélez insiste en que la presunción de inocencia se mantiene vigente hasta que la sentencia sea definitiva, y que la Corte Suprema de Justicia deberá revisar a fondo los argumentos y pruebas presentados en el recurso de impugnación especial.

El informe del Grai se basa en fuentes como expedientes judiciales y estudios históricos, acusando a Santiago Uribe Vélez de planificar actividades paramilitares - crédito Colprensa

Por su parte, Jaime Granados, otro de los abogados que hace parte del proceso que involucra al hermano del expresidente Uribe, conversó con La FM y afirmó que la sentencia condenatoria, dictada en segunda instancia, fue recibida con “sorpresa” y “profunda decepción”.

En diálogo con la cadena radial, Granados subrayó que, a pesar de su desacuerdo, mantienen el principio de respeto a las determinaciones judiciales.

Granados explicó que la impugnación especial constituye un recurso ordinario que habilita a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para revisar la sentencia condenatoria. Detalló que este mecanismo difiere de la casación tradicional, ya que “equivale a una apelación contra la decisión que por primera vez condena”, y remarcó que la Corte deberá analizarlo en cumplimiento del derecho a la doble conformidad.

El abogado recordó que el proceso judicial contra Uribe se extiende por más de treinta años y que, desde sus inicios, se han empleado pruebas documentales y testimonios bajo reserva de identidad, conforme a lo dispuesto por la Ley 600.

Entre los testigos que sustentaron la decisión del tribunal, Granados mencionó a Alexander Amaya Vargas, exintegrante de la Policía, junto a Juan Carlos Meneses Quintero, Juan de Jesús Agudelo y Eunicio Pineda Luján. Según Granados, en la primera instancia se logró demostrar que “cada uno de esos testigos mintió”, lo que derivó en la absolución inicial de su defendido.

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