La ciudadanía americana es el sueño de muchas personas, que se instalan en Estados Unidos y desean obtener un estatus legal que les permita vivir y trabajar en ese país de forma permanente. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) detalla los requisitos para acceder al trámite por derecho de sangre este 2025.
Los requisitos para la ciudadanía americana por derecho de sangre en 2025
Los hijos de ciudadanos estadounidenses cuentan con dos vías para iniciar el proceso de naturalización, destinados a aquellos nacidos en el extranjero. Una consta de obtener la ciudadanía en el momento del nacimiento y otra posterior, antes de cumplir los 18 años.
En tanto, un hijo de ciudadanos estadounidenses adquiere de forma automática ese título si se cumplen ciertos criterios, como residir en ese país, basados en la sección 20 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Estos requisitos, que deben ser posteriores al 27 de febrero de 2001, son:
- Al menos uno de los padres, incluido para los adoptivos, es ciudadano estadounidense por nacimiento o naturalización.
- El hijo es menor de 18 años de edad.
- El hijo es residente permanente legal de Estados Unidos.
- Reside en EE.UU. bajo la custodia legal y física de la madre o padre ciudadano.
El Uscis también detalló que los padres de un hijo nacido fuera de Estados Unidos deben presentar un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, para dejar constancia de la ciudadanía americana del menor de edad.
Los requisitos de naturalización para los hijos de ciudadanos que residen fuera de EE.UU.
La agencia gubernamental también señala los criterios para acceder a la ciudadanía americana a aquellos hijos de padres naturalizados que actualmente viven fuera del territorio norteamericano. En estos casos, se aplica lo especificado en la sección 322 de la INA.
Los requisitos para ser elegible para la ciudadanía estadounidense con esas especificaciones son:
- El solicitante tiene un padre o madre ciudadano estadounidense, incluidos los casos de adopción.
- El padre, madre o abuelo cumple con los requisitos de permanencia en Estados Unidos durante tiempos determinados.
- El peticionario es menor de 18 años.
- El hijo reside en otro país bajo la custodia legal de un padre o tutor que está de acuerdo con la solicitud de ciudadanía americana.
- El solicitante cuenta con los criterios de admisión en EE.UU. y se encuentra físicamente en el territorio al momento de la solicitud y del proceso de naturalización.
En ambos casos, los peticionarios deben presentar el formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía, ante el Uscis, ya sea en línea o por correo, junto a la documentación correspondiente y abonar la tarifa pertinente.
Si el trámite es aprobado, el titular recibirá de forma inmediata los derechos de un ciudadano estadounidense, así como las mismas responsabilidades. Entre los primeros, se encuentran el de votar a funcionarios públicos, solicitar empleo federal o ser elegido para un cargo público. Mientras que las últimas constan por ejemplo de apoyar y defender la Constitución de ese país, respetar todas las leyes y servir en un jurado si es requerido.