La Cámara Federal de Casación Penal analiza si corresponde correr a la Unidad de Información Financiera (UIF), que es el organismo antilavado del Gobierno, como querellante en la causa en la que se está juzgado a empresas constructoras por el supuesto pago de coimas en el caso Odebrecht.
El pedido para sacar a la UIF como querellante lo realizó Carlos Ben, expresidente de AySA durante el kirchnerismo, en medio del juicio oral y público donde analizan los contratos para la construcción de dos plantas potabilizadoras. Ben basó su pedido en un decreto de Javier Milei que restringió la actividad de la UIF en la Justicia.
La salida de la UIF del juicio configuraría un golpe que debilitaría la acusación, ya que quedarían los fiscales como únicos acusadores.
En el juicio se analizan las irregularidades de las licitaciones de las obras de la Planta de Potabilización Paraná de las Palmas y la Planta Depuradora Sistema Berazategui, impulsadas por AySA en 2007.
Fueron adjudicadas a consorcios integrados por empresas como Construcciones Norberto Odebrecht SA, Benito Roggio e Hijos SA, Supercemento SAIC, José Cartellone Construcciones Civiles SA, Camargo Correa Sucursal Argentina y Esuco SA.
Ben cuestionó la participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) como querellante a partir del decreto del presidente Javier Milei que le prohibió tener ese rol en las causas penales. El planteo se apoya en la entrada en vigencia del decreto 274/2025, que derogó el decreto 226/2008, que facultaba a la UIF a intervenir como parte acusadora.
Ben sostuvo que la modificación en los decretos tiene aplicación inmediata y que la UIF no puede seguir en el proceso porque vulnera “el principio de igualdad de armas, el debido proceso y el derecho de defensa”.
En junio de este año, el Tribunal Oral Federal 7, integrado por los jueces Germán Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero, rechazó el apartamiento de la UIF. Argumentó que fue admitida durante la investigación de la causa y que esa resolución está firme.
Indicó el tribunal oral que el nuevo decreto no dispone el cese de participación de la UIF como querellante en las causas en trámite, sino en las nuevas, y dijo que hay otros casos que avalan su continuidad.
Contra ese fallo, Ben interpuso un recurso de casación. Señaló que el decreto revoca de pleno derecho la facultad de querellar y que la interpretación del tribunal es restrictiva y arbitraria.
El recurso fue declarado inadmisible, por no estar dirigido contra una sentencia definitiva, lo que motivó la presentación de una queja.
Ahora, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Carlos Mahiques y Mariano Borinsky, resolvió abrir la queja y analizar el fondo de la discusión sobre la legitimidad de la UIF para actuar como querellante en este caso.
Las obras bajo la mira
La causa analiza presuntas irregularidades en el proceso de licitación elaborado para el desarrollo de dos proyectos de infraestructura promovidos por AySA en 2007.
Se trata, por un lado, de la planta de potabilización Paraná de las Palmas, adjudicada al consorcio de empresas Construcciones Norberto Odebrecht SA Sucursal Argentina, Benito Roggio e Hijos SA, Supercemento SAIC y José Cartellone Construcciones Civiles SA.
Por el otro, la planta depuradora Sistema Berazategui, en cabeza de la Unión Transitoria de Empresas constituida por Camargo Correa Sucursal Argentina y Esuco SA.
Se investiga el supuesto direccionamiento ilícito por parte de las autoridades de AySA en los procesos licitatorios de los proyectos de infraestructura vinculada a su competencia.
A su vez, la pesquisa indaga también sobre el presunto pago de coimas por parte de los representantes de todas las firmas involucradas con el objetivo de imponer distintas condiciones de ejecución de las obras, afines a sus intereses particulares.
Entre los acusados figuran el exministro de Planificación Federal Julio De Vido; su mano derecha, Roberto Baratta; el exsecretario de Obras Públicas José López y los exdirectivos de AySA Ben y Raúl Biancuzzo, entre otros, por cohecho pasivo (recibir coimas). Acusados de haber pagado esos sobornos, fueron confirmados los procesamientos de los empresarios Aldo Roggio, Carlos Wagner y Tito Biagini.
Con el caso que instruyó el juez Sebastián Casanello elevado a juicio, la fiscal Fabiana León solicitó que se actualizara el monto del embargo, para asegurar la eficacia práctica de la sentencia y teniendo en cuenta la depreciación de la moneda.
Sostuvo que los $405.200.000 fijados, que entonces representaban US$6.642.622,95, en el momento de su solicitud −a menos de tres años de la determinación de esa cuantía− representaban en esa misma divisa US$1.796.895,78 oficiales o unos US$1.012.190,24, en su variable MEP.
El Tribunal Oral Federal N° 7 hizo lugar a la pretensión fiscal y actualizó los importes, tomando como parámetro el Índice de Precios al Consumidor (IPC) labrado por el INDEC -esto último por mayoría-. En consecuencia, la suma actualizada arrojó un total de $3.175.374.000.