Condenado a un año de prisión por una agresión sexual a una niña de diez años

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La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un hombre mayor de edad y sin antecedentes penales a un año de prisión y una indemnización de 10.000 euros a la víctima tras agredir sexualmente a una niña de diez años.

Tal y como recoge la sentencia firme a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos sucedieron en casa del condenado, situada en la provincia de Salamanca, cuando «guiado por el ánimo de satisfacer sus instintos sexuales» agredió a la niña, hija de la esposa de su hijo.

Los hechos tuvieron lugar cuando el agresor pidió ayuda a la niña para llevar tazas y cafés al comedor, donde se encontraba la madre de la menor. En la cocina, al aprovechar que no había nadie presente, el hombre pidió a la niña que le abrazara y le diera un beso.

Momentos después, le pidió también un beso en la boca y, aunque la niña no quería y se negó, el individuo se lo dio a la fuerza mientras la agarraba de la mandíbula. La menor, incómoda por lo sucedido, fue al baño y volvió posteriormente para seguir llevando los cafés, si bien entonces el acusado la agarró del culo y la levantó en volandas al tiempo que le daba besos por el cuello, según se refleja en la sentencia.

La niña pidió nuevamente al hombre que la dejara en paz, si bien este la colocó en el suelo para tratar de llevársela hacia el cuarto de la lavadora para que no les viera nadie. Sin embargo, la víctima se resistió y pudo escapar para volver con el resto de la familia. Después de estos hechos, la menor salió a dar un paseo con su madre, cuando aprovechó para contarle lo ocurrido.

Según la sentencia, el estado psicológico y emocional de la niña se encuentra dentro de la normalidad, es consciente de que lo ocurrido no estaba bien y ha contado con el apoyo de sus padres. Asimismo, se recomienda seguir su evolución y mantenerla al margen de la problemática familiar suscitada.

Por estos hechos, se ha acordado la penas de un año de prisión, la prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella, así como se prohíbe comunicarse con ella por tiempo de ocho años.

Además, el condenado estará en libertad vigilada durante siete años, con posterioridad a la pena privativa de libertad, y tendrá la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Como responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 10.000 euros, más la cantidad que resulte acreditada en la ejecución de la sentencia. Asimismo, se le ha condenado al pago de las costas procesales causadas.

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