El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por abusar de una de las hijas menores de edad de su pareja, con la que convivió durante seis años. Así, se rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado.
Según se declaró probado en la sentencia de la Sala de Málaga, y ahora ha ratificado el alto Tribunal andaluz, entre 2010 y 2016 el acusado mantuvo una relación sentimental con la madre de la niña y convivió en el mismo domicilio con ambas y con otras dos hijas menores de su pareja.
La sentencia señaló que en el transcurso de estos años y mientras duró la relación sentimental de la pareja, «el acusado en diversas ocasiones realizó tocamientos a la menor» y en otras ocasiones «la besó en la boca». Por esto, se le condenó por un delito continuado de abusos sexuales y se le impuso la pena de dos años de prisión.
Frente a esta decisión, la defensa del acusado presentó un recurso con varias alegaciones, como el de que la Presidenta de la Sala sentenciadora mantuvo una actitud inclinada hacia la posición acusatoria, por lo que pedía la nulidad del juicio; aunque el TSJA lo rechaza porque «no se ve déficit de imparcialidad».
Asimismo, se pone el acento en que la menor mantuvo su relato «de modo coherente y estable» desde su denuncia inicial y añade que «la veracidad del testimonio se ve reforzada por datos obtenidos con base en otras pruebas», por lo que concluye con que se ha practicado diligencias válidas y suficientes para una sentencia condenatoria.