Congreso de Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales, así se diferencia de la eutanasia

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El Congreso subrayó que con la medida se reconoce el derecho fundamental de toda persona a decidir sobre su vida, salud y su proyecto personal. (FOTO: Congreso de Chiapas)

El Congreso del Estado de Chiapas aprobó la Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales, con lo que se reconoce el derecho de las personas a decidir si rechazan tratamientos, medios o procedimientos médicos que prolonguen de manera innecesaria su vida.

La iniciativa, presentada por la diputada Getsemaní Moreno Martínez y avalada en el pleno de la 69 Legislatura, fue aprobada en sesión extraordinaria este miércoles en Tuxtla Gutiérrez.

Derecho a decidir sobre la salud y la vida

De acuerdo con la legisladora, la nueva norma garantiza en todo momento la dignidad, autonomía y derechos del paciente que padezca una enfermedad incurable o se encuentre en situación terminal. Además, establece que la decisión puede revocarse en cualquier momento.

Moreno Martínez enfatizó que esta legislación no debe confundirse con la eutanasia, pues “no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención médica y cuidados paliativos al final de la misma, ofreciendo siempre acompañamiento y soporte humano sin intervención médica”.

La diputada Getsemaní Moreno Martínez enfatizó que esta legislación no debe confundirse con la eutanasia. (FOTO: Congreso de Chiapas)

El Congreso local también subrayó que con la medida se reconoce el derecho fundamental de toda persona a decidir sobre su vida, salud y su proyecto personal con pleno respeto a las normas legales vigentes, tanto individuales como colectivas.

“La voluntad anticipada se erige como una herramienta jurídica a disposición de toda persona que brinda certeza y honra la dignidad de quien la promueve”, destacó la diputada de Morena.

¿Cómo funciona la Ley de Voluntad Anticipada en Chiapas?

El procedimiento para acceder a este derecho requiere la presentación de un documento de voluntad anticipada ante un notario público. Dicho documento puede suscribirlo cualquier persona con capacidad de ejercicio y debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Manifestación personal, libre, consciente, inequívoca informada
  • Realizar el proceso por escrito, con la firma del otorgante y dos testigos
  • Designar a un representante legal
  • En caso de así decidirlo, puede incluir la donación de órganos

Este documento debe notificarse a la Secretaría de Salud del estado en un plazo máximo de tres días hábiles.

La legislación también establece la creación del Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, que estará bajo la administración de la Secretaría de Salud de Chiapas. (FOTO: Congreso de Chiapas)

En el caso de personas hospitalizadas con diagnóstico terminal, el trámite podrá realizarse con la certificación del médico tratante. También puede suscribirse por padres o tutores si se trata de un menor de edad o de una persona incapaz; en su defecto, podrán hacerlo las siguientes personas:

  • Cónyuge
  • Concubino o concubina
  • Hijos mayores
  • Padres
  • Nietos mayores
  • Hermanos mayores

Todo lo anterior siempre cumpliendo con orden y conforme a la ley establecida.

Registro Estatal de Voluntades Anticipadas

La legislación también establece la creación del Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, que estará bajo la administración de la Secretaría de Salud de Chiapas. Esta instancia será responsable de recibir, resguardar y dar seguimiento a los documentos registrados, garantizando la validez legal y el respeto a la decisión del paciente.

Con esta aprobación, el estado de Chiapas se suma a otras entidades del país que cuentan con leyes en la materia, consolidando un marco jurídico que coloca al centro la dignidad y los derechos de los enfermos terminales, al tiempo que brinda certeza a las familias y al personal médico.

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