“Cuando un cargo electo quiere hacer algo bueno, algo positivo, lo rechazan. Así es. Pero eso no es lo que me impide vivir ni hacer mi trabajo”, afirma Alain Sutra, alcalde de Tarascon-sur-Ariège, tras conocer la decisión del Tribunal Administrativo de Toulouse que anula la prima concebida a los empleados municipales y exige su reembolso.
Una medida para incentivar y reconocer el trabajo
La resolución judicial, dictada el 2 de junio de 2025, revoca una decisión adoptada por el Ayuntamiento de Tarascon-sur-Ariège, una región al sur de Francia situada en los Pirineos, en julio de 2024.
El consistorio había aprobado una bonificación excepcional dirigida a los trabajadores municipales con el doble propósito de reconocer su labor y fomentar la regularidad laboral. “Queremos reconocer la labor de los agentes en un contexto donde el índice no se revaloriza”, explicó Sutra al diario francés La Déspêche. “Se moduló en función de la presencia real de los agentes”, añadió.
La bonificación fue diseñada de forma individualizada, calculada con una base en el salario medio de cada empleado y su tasa de presentismo. Para el alcalde, la iniciativa respondía a una necesidad social en un contexto marcado por el estancamiento de las retribuciones en la función territorial.
“Esto seguirá siendo así el año que viene, según los recientes anuncios de François Bayrou (Primer Ministro de Francia). Tendremos que, tarde o temprano, considerar el necesario aumento salarial en la función pública territorial”, sostuvo Sutra.
La prefectura impugna la medida
En octubre de 2024, la Prefectura de Ariège impugnó la decisión municipal ante el tribunal administrativo. El prefecto Simon Bertoux argumentó que la bonificación violaba el principio de paridad salarial entre la función pública estatal y la local, consagrado en el artículo L714-4 del Código de la Función Pública.
“Nuestra función es examinar la legalidad de las decisiones municipales. Un alcalde no puede introducir una bonificación como esa”, explicó Bertoux.
El Tribunal de Toulouse dio la razón a la prefectura. Según el fallo, el municipio no tenía competencia para otorgar una bonificación fuera del marco legal vigente, y la deliberación municipal no hizo referencia ni respetó el sistema RIFSEEP, el régimen nacional que regula las primas en la función pública.
Devolución obligatoria y efectos retroactivos
Además de anular la medida, el tribunal ordenó la devolución de las cantidades ya abonadas. El alcalde solicitó que la sentencia no tuviera efectos retroactivos, pero el tribunal desestimó su petición.
Consideró que la suma total (10.645 euros) no justificaba una excepción al principio de retroactividad de las decisiones, al no considerarse que generase consecuencias “manifiestamente excesivas”.
Como resultado, todos los empleados que percibieron la prima, incluidos los dos que ya no trabajan en el consistorio, deberán reembolsarla. “Aún no hemos estudiado la situación en detalle, pero los empleados tendrán que reembolsar las primas que recibieron”, reconoció el alcalde.
“Lo siento mucho por estos empleados, pero mi función es hacer cumplir la Constitución”. Para Sutra, la sentencia supone un límite a la posibilidad de adaptar sus políticas a las circunstancias locales. “Queríamos sustituir una medida gubernamental proponiendo algo que nos parecía más adecuado. El Gobierno no está de acuerdo”, lamentó.
Pese al revés judicial, el alcalde ha anunciado que recurrirá la sentencia. “Vamos a apelar. El caso no se ha presentado; acabamos de recibir la notificación de la sentencia de primera instancia”, señaló. Mientras tanto, asegura que continuará con su labor “con calma”.